Calendario Fiscal Abril 2026: Plazos Clave para Autónomos

Modelos 303, 130, 111, 115 y 131 del Q1 en un solo calendario. Plazos exactos, fecha clave del 15 de abril (domiciliación) y apertura Renta 2025.

Consejos
Calendario Fiscal Abril 2026: Plazos Clave para Autónomos

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Puntos clave

  • El 15 de abril es la fecha límite para domiciliar el pago de los modelos 303, 130, 111 y 115 — no el 20
  • Abril 2026 concentra los trimestrales del Q1 (303, 130, 131, 111, 115), la apertura de la Renta 2025 el 8 de abril, y el cierre de domiciliación el 15
  • Hacienda dispone cada año de más datos de terceros para cruzar con tus modelos trimestrales — no cuentes con que un modelo incorrecto pase desapercibido
  • El recargo por presentar fuera de plazo es del 1% más un 1% adicional por cada mes de retraso, hasta el 15% — y si Hacienda te requiere primero, la sanción sube al 50%-150%

Semana Santa termina el lunes 6 de abril — festivo en comunidades como Cataluña, Valencia o País Vasco — y el martes 7 vuelves a trabajar con el móvil lleno de fotos y sin haber mirado el email. El día 8 abre la campaña de la Renta 2025. El día 15 cierra la domiciliación bancaria de los trimestrales. El día 20 vence el plazo de todos los modelos del Q1. Abril es el mes fiscal más cargado del año — y empieza justo cuando más baja tienes la guardia.

En esta guía tienes todos los plazos, todos los modelos y las dos fechas que la mayoría de autónomos confunden hasta que reciben una notificación de Hacienda.

Si llegaste aquí desde nuestro calendario fiscal de febrero y marzo, sabes de qué va esto. Si no lo leíste, sigue leyendo — aquí tienes todo lo que necesitas para abril.


Todos los plazos de abril 2026 de un vistazo

Abril tiene tres fechas que no puedes mezclar. Son distintas y cada una tiene consecuencias diferentes si la pierdes.

8 de abril (miércoles): Apertura de la campaña de la Renta 2025. Desde ese día puedes presentar tu declaración de IRPF anual online. No es un plazo de pago trimestral — es el inicio de la campaña que durará hasta el 30 de junio.

15 de abril (miércoles): Fecha límite para domiciliar el pago de los modelos trimestrales. Si quieres que Hacienda cargue el importe directamente en tu cuenta, debes autorizar la domiciliación antes de este día. Después del 15, tendrás que pagar por otra vía (transferencia, tarjeta o en banco).

20 de abril (lunes): Plazo general para presentar todos los modelos del primer trimestre. El 20 de abril de 2026 es lunes — no hay extensión de fin de semana. Es el último día hábil y no hay margen.

FechaQué ocurreA quién afecta
8 abrApertura campaña Renta 2025 (online)Todos los autónomos
15 abrCierre domiciliación bancaria trimestralesQuien quiera domiciliar 303, 130, 131, 111, 115
20 abrPlazo presentación modelos Q1Todos los autónomos con actividad en Q1
25 junCierre domiciliación Renta 2025Quien tenga Renta a ingresar
30 junPlazo final Renta 2025Todos los contribuyentes

La fecha que más autónomos olvidan: 15 de abril

El plazo del 20 de abril es conocido. El del 15 de abril, no. Esa diferencia de 5 días cuesta dinero a decenas de miles de autónomos cada trimestre.

La domiciliación bancaria es la opción que permite a Hacienda cargar el importe de tus modelos directamente en tu cuenta bancaria. No tienes que hacer una transferencia, no tienes que ir al banco, no tienes que recordar el importe exacto. Lo hace solo. Pero para que funcione, debes autorizarla con al menos 5 días de antelación al plazo general — y eso fija el límite en el 15 de abril, no el 20.

Si domiciliaste pero no tenías saldo suficiente en cuenta ese día, Hacienda intenta el cargo y si no puede efectuarlo, la domiciliación queda sin efecto. A partir de ese momento el modelo se considera no pagado en plazo, con los recargos que eso implica.

Cómo activar la domiciliación bancaria

Puedes hacerlo directamente desde la sede electrónica de la AEAT al presentar cada modelo. En el formulario de pago, selecciona "domiciliación bancaria" e introduce el IBAN de la cuenta donde quieres que se haga el cargo. El cargo se produce el día 20 de abril (en la fecha límite general), aunque hayas autorizado la domiciliación el día 10.

Lo que no puedes hacer es domiciliar después del 15. Si presentas tu modelo 303 el día 18 de abril, el sistema no te permitirá domiciliar — tendrás que pagar en ese mismo acto.


Qué modelos te corresponden según tu régimen

No todos los autónomos presentan los mismos modelos en abril. El error más común es asumir que todos presentan lo mismo. La realidad depende de tu régimen fiscal y de si tienes empleados o pagas alquiler por tu local.

Si tienes dudas sobre qué régimen te aplica, lee primero nuestra guía sobre estimación directa vs. módulos.

Autónomos en estimación directa

Son la mayoría. Si tributas en estimación directa (normal o simplificada), presentas:

  • Modelo 303: IVA del primer trimestre (enero-marzo). Declaras el IVA que cobraste a clientes menos el IVA que pagaste a proveedores. Si la diferencia es positiva, pagas. Si es negativa, compensas en trimestres siguientes. Consulta nuestra guía sobre Modelo 303 vs Modelo 130 para entender la diferencia entre ambos.

  • Modelo 130: Pago fraccionado de IRPF. Adelantas el 20% del rendimiento neto del trimestre (ingresos menos gastos deducibles). Consulta nuestra guía sobre el pago fraccionado IRPF Modelo 130 para el cálculo paso a paso. Cuantos más gastos deducibles tengas correctamente registrados, menos pagarás en el 130. Excepción: si eres profesional (actividades de la Sección Segunda del IAE) y al menos el 70% de tus ingresos del año anterior fueron objeto de retención o ingreso a cuenta, puedes estar exento del Modelo 130 — confirma tu situación con tu gestoría.

Autónomos en módulos (estimación objetiva)

Si tributas por módulos, no presentas el Modelo 130 sino el Modelo 131. El importe no depende de tus ingresos reales sino de los índices de rendimiento del módulo que te asigna Hacienda. El Modelo 303 de IVA también se presenta, igual que en estimación directa.

Si no estás seguro de cuál es tu régimen, tu gestoría puede confirmártelo en un minuto.

Si tienes empleados o pagas retenciones

Si contratas a trabajadores o pagas facturas a profesionales con retención de IRPF, presentas también el Modelo 111. Declara las retenciones de IRPF que practicaste durante el trimestre a empleados y profesionales. Si tienes dudas sobre qué retención aplicar en tus facturas, consulta nuestra guía sobre retención IRPF del 7% o 15%.

Si pagas alquiler por tu local u oficina

Si alquilas un local o espacio de trabajo y el arrendador no es una empresa que ya aplique retención automática, presentas el Modelo 115. Declaras el IRPF retenido en los alquileres de ese trimestre.

Resumen por perfil

  • Autónomo sin empleados, estimación directa: 303 + 130
  • Autónomo sin empleados, módulos: 303 + 131
  • Autónomo con empleados, estimación directa: 303 + 130 + 111
  • Autónomo con local alquilado, estimación directa: 303 + 130 + 115
  • Con operaciones intracomunitarias (UE): añade Modelo 349

Organizar bien los ingresos y gastos que alimentan estos modelos es más fácil si tienes un libro de ingresos y gastos actualizado. Sin ese registro, calcular el 130 o el 303 se convierte en un proceso lento y con riesgo de errores. Si tu gestoría accede directamente a tus facturas durante el trimestre, ese proceso es automático — no hay que reenviar nada ni consolidar exportaciones a última hora.


Campaña de la Renta 2025: empieza el 8 de abril

Semana Santa termina el lunes 6 de abril (Lunes de Pascua, festivo en varias comunidades). Muchos autónomos vuelven al trabajo el martes 7. El 8 de abril abre la Renta — sin aviso, sin transición, directamente.

La campaña de la Renta 2025 tiene tres fechas de apertura según el canal:

  • 8 de abril: presentación online (Renta Web, app AEAT)
  • 6 de mayo: presentación por teléfono (con cita previa)
  • 1 de junio: presentación presencial en oficinas de la AEAT (con cita previa)

El plazo de cierre es el 30 de junio de 2026 para todos los contribuyentes. Si tu Renta sale a ingresar y quieres domiciliar el pago, el cierre es el 25 de junio — cinco días antes.

Los autónomos no pueden fiarse del borrador

Hacienda pone a disposición de todos los contribuyentes un borrador de la declaración. Para la mayoría de asalariados, el borrador es bastante preciso y solo hay que revisarlo. Para los autónomos, el borrador es un punto de partida, no una propuesta final.

El borrador no incluye tus gastos deducibles. No sabe si dedujiste el 30% de tu alquiler, ni tus gastos de formación, ni la amortización de tu ordenador. Si lo aceptas sin revisar, pagarás más de lo que te corresponde. Tu gestoría o asesor fiscal debe revisar y completar la declaración con todos tus gastos correctamente aplicados.

Para preparar la Renta correctamente, tener ordenados tus 15 deducciones fiscales clave puede reducir significativamente la factura.


Qué pasa si presentas fuera de plazo

Presentar un modelo fuera de plazo tiene consecuencias distintas según quién lo detecte primero: tú o Hacienda.

Si lo presentas tú voluntariamente (antes de que Hacienda te lo requiera)

Desde la reforma de la Ley 11/2021, el sistema de recargos por presentación extemporánea es escalonado. Ya no existen los recargos planos del 5%, 10% y 15% del sistema anterior. El nuevo sistema funciona así:

  • Hasta 1 mes de retraso: recargo del 1% sobre la deuda
  • Más de 1 mes y hasta 2: 2%
  • Más de 2 meses y hasta 3: 3%
  • Y así sucesivamente, sumando un 1% adicional por cada mes de retraso
  • A partir de 12 meses de retraso: recargo fijo del 15% más intereses de demora

Un ejemplo concreto: tienes un Modelo 303 del Q1 con resultado a ingresar de 800€. Lo presentas con 6 semanas de retraso (1 mes completo transcurrido). El recargo es del 2%, es decir, 16€ adicionales. No es una cifra dramática — pero sí se puede evitar fácilmente. Además, si pagas el recargo dentro del plazo voluntario que te indique Hacienda, tienes derecho a una reducción del 25% — en el ejemplo, 16€ quedarían en 12€.

Eso sí, si te retrasas más de 12 meses el recargo sube al 15% más intereses de demora al tipo legal vigente. Sobre 800€, son 120€ de recargo más intereses.

Si Hacienda te requiere primero

Si Hacienda detecta la falta de presentación y te envía un requerimiento antes de que tú presentes voluntariamente, el régimen cambia completamente. Ya no aplican los recargos del 1%-15%. Se aplica el régimen sancionador: para infracciones leves (sin ocultación), la sanción es del 50% de la deuda. Si hay ocultación, la infracción es grave y la sanción va del 50% al 100%. Con medios fraudulentos, puede escalar al 100%-150%.

Sobre esos mismos 800€, una sanción leve del 50% serían 400€ adicionales. El coste de presentar tarde voluntariamente (16€) frente al de esperar a que Hacienda requiera (400€ o más) no tiene comparación.

Los modelos a cero también se presentan

Un error frecuente: pensar que si no debes nada no hay que presentar. Un modelo con resultado cero sigue siendo obligatorio si tienes actividad. Si en el Q1 no tuviste beneficio y el modelo 130 sale a cero, preséntatelo igualmente. No presentarlo puede generar sanciones por falta de presentación. Consulta nuestra guía de planificación fiscal del primer trimestre para estructurar bien cada obligación.


Preguntas frecuentes


¿Preparando tu cierre trimestral del Q1?

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Fuentes y referencias

Última verificación: Marzo 2026

Aviso importante

Este artículo tiene un propósito educativo e informativo. La información proporcionada no constituye asesoramiento fiscal, legal o profesional. Las normativas fiscales pueden cambiar y cada situación es única.

Para decisiones específicas sobre tu negocio, consulta siempre con un asesor fiscal o gestor profesional que pueda analizar tu caso particular.