Borrador Renta 2025 para Autónomos: Por Qué No Sirve

El borrador de Hacienda no incluye tus gastos de actividad. Si lo confirmas sin modificarlo, pagas IRPF de más. Te explicamos qué añadir antes de confirmar.

Formación
Borrador Renta 2025 para Autónomos: Por Qué No Sirve

Explora este tema con IA

Puntos clave

El borrador de Hacienda no incluye los gastos de tu actividad económica: ni suministros, ni amortizaciones, ni dietas. Las retenciones y cuotas del RETA sí aparecen, pero debes añadir todos los gastos manualmente. Un autónomo con 30.000 € de ingresos puede pagar entre 1.500 y 3.000 € de más si confirma el borrador tal cual.

  • El borrador no incluye ningún gasto de tu actividad económica: Hacienda no tiene mecanismo legal para conocerlos según los Art. 28 y 30 LIRPF.
  • Confirmar el borrador sin modificar no te protege: el Art. 98 LIRPF deja claro que es solo informativo, y las sanciones del Art. 191 LGT aplican igualmente.
  • Los nuevos casillas 0196 y 0197 de regularización del RETA son obligatorios para 2025 y no aparecen precargados en el borrador.
  • La autoliquidación rectificativa, disponible desde el ejercicio 2024, permite corregir errores sin necesidad de presentar una complementaria.

Es 8 de abril de 2026. Se abre la campaña de la Renta 2025. Recibes un SMS de Hacienda: "Su borrador de declaración ya está disponible. Acceda con Cl@ve PIN."

Abres Renta WEB, ves el borrador, ves que te sale a pagar menos de lo que esperabas y piensas: qué bien, lo confirmo y listo.

Espera. Si eres autónomo en estimación directa y confirmas ese borrador sin revisarlo, es muy probable que estés pagando de más a Hacienda. No porque el borrador tenga errores técnicos, sino porque está incompleto por diseño. Te explicamos por qué.


Qué incluye el borrador de Hacienda (y qué no incluye nunca)

El borrador de la Renta no es un documento completo para autónomos. Es un punto de partida con la información que Hacienda ya tiene de otras fuentes: lo que tus clientes declararon que te pagaron, las retenciones practicadas, las cuotas del RETA que la Seguridad Social comunicó, y los pagos fraccionados del Modelo 130 que tú mismo presentaste.

Eso es todo. Lo que Hacienda no tiene es cualquier gasto que tú hayas incurrido como autónomo.

Lo que sí aparece precargado

Puedes esperar encontrar en el borrador:

  • Las retenciones de IRPF que tus clientes te aplicaron (normalmente el 15% o el 7% para nuevos autónomos), cruzadas con sus declaraciones
  • Los pagos fraccionados del Modelo 130 que presentaste trimestralmente durante 2025
  • Las cuotas ordinarias del RETA que la Seguridad Social comunicó a la AEAT
  • Rendimientos del capital mobiliario (intereses bancarios, dividendos)
  • Rendimientos del capital inmobiliario si alquilas un inmueble
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales que hayan pasado por entidades financieras

Lo que nunca aparecerá

Y aquí está el problema real. El borrador nunca incluirá:

  • Ningún gasto de tu actividad económica (suministros, alquiler de local, materiales, software)
  • Amortizaciones de equipos o bienes de inversión
  • Gastos de difícil justificación (el 5% de reducción hasta €2.000 en estimación directa simplificada)
  • Dietas y gastos de desplazamiento
  • Seguros relacionados con la actividad
  • Cuotas a colegios profesionales o asociaciones
  • Las nuevas casillas 0196 y 0197 de regularización del RETA por ingresos reales

Si confirmas el borrador sin añadir tus gastos

Hacienda calculará tu IRPF sobre el beneficio bruto, no sobre tu beneficio real. Para un autónomo con 30.000 € de ingresos y 8.000 € de gastos de actividad, eso puede significar pagar entre 1.500 y 3.000 € de más.


Por qué Hacienda no incluye tus gastos como autónomo

No es negligencia de la AEAT. Es que no tienen mecanismo legal para conocer tus gastos de actividad. Los artículos 28 y 30 de la Ley 35/2006 del IRPF establecen que el rendimiento neto de actividades económicas se determina según las normas del Impuesto sobre Sociedades, con reglas específicas para la estimación directa que el propio contribuyente debe aplicar.

A diferencia de las nóminas, donde tu empresa informa a Hacienda de lo que te paga, tus gastos como autónomo los declaras tú. Nadie le comunica a la AEAT que pagaste 600 euros de suministros en tu local, o que amortizas un ordenador portátil, o que tienes contratado un seguro de responsabilidad civil.

Ingresos vs. gastos: un desequilibrio estructural

Este desequilibrio es intencional. Hacienda sí recibe información cruzada sobre tus ingresos: cada cliente que te pagó más de 3.000 euros sin retención y lo incluyó en el Modelo 347, o cualquier empresa que te aplicó retención y lo declaró en el Modelo 190. Por eso los ingresos del borrador suelen ser bastante precisos.

Pero los gastos son tu responsabilidad. No hay ningún modelo informativo de terceros que comunique a la AEAT los gastos de un autónomo. Ni el casero de tu local declara que te alquila espacio para actividad, ni tu proveedor de internet informa de que esa conexión es para uso profesional.

Esto significa que un autónomo en estimación directa que confirma el borrador sin tocar nada está, en la práctica, presentando una declaración que ignora la mitad de su actividad económica. Por eso tener una gestoría o asesor que conozca tu actividad a lo largo del año — no solo cuando presentas la declaración — marca la diferencia.


Los 3 bloques que debes añadir manualmente antes de confirmar

Antes de confirmar el borrador, tienes que incorporar tres bloques de información que Hacienda no tiene. Para los autónomos en estimación directa (la mayoría), este proceso se hace dentro de Renta WEB, en el apartado de actividades económicas.

Bloque 1: Gastos de tu actividad económica

Este es el bloque más importante y el más olvidado. Debes registrar todos los gastos deducibles del ejercicio 2025:

  • Suministros del local u oficina (luz, agua, internet)
  • Arrendamiento del espacio de trabajo
  • Gastos de personal si tienes empleados
  • Amortización de equipos informáticos, vehículos u otros bienes de inversión
  • Primas de seguros relacionados con la actividad
  • Gastos de formación y publicidad
  • Materiales y aprovisionamientos propios de tu actividad
  • Gastos de difícil justificación (5% del rendimiento neto previo, máximo €2.000, solo en estimación directa simplificada)

Para saber qué gastos son deducibles y cómo documentarlos correctamente, consulta nuestra guía sobre gastos que Hacienda revisa primero y la guía completa de deducciones en estimación directa. Si quieres estimar el impacto en tu cuota, usa nuestra calculadora de IRPF para autónomos.

Bloque 2: Casillas 0196 y 0197 de regularización del RETA

Este bloque es nuevo desde la Renta 2025 y afecta a todos los autónomos que cotizan por ingresos reales desde el RDL 13/2022. Si tus ingresos definitivos de 2025 resultaron diferentes al tramo de cotización que elegiste durante el año, la diferencia de cuotas abonada de más o de menos se regulariza a través de estas casillas.

La casilla 0196 recoge el importe de regularización del RETA cuando resulta una cantidad a ingresar (cotizaste por debajo de lo que te correspondía según tus ingresos reales). La casilla 0197 recoge el importe cuando resulta una cantidad a devolver (cotizaste de más). Ambas aplican a todos los autónomos del RETA bajo el sistema de cotización por ingresos reales, y no aparecen precargadas en el borrador.

Puedes revisar en detalle cómo funcionan en nuestra guía sobre las casillas 0196 y 0197 de la regularización del RETA.

Bloque 3: Deducciones personales que el borrador puede tener incompletas

El borrador suele incluir deducciones automáticas como la deducción por familia numerosa si está registrada, pero puede omitir otras que requieren acción tuya. Revisa si tienes derecho a:

  • Deducciones autonómicas específicas de tu comunidad (varían mucho por región)
  • Aportaciones a planes de pensiones o EPSVs si no aparecen ya
  • Deducción por maternidad o paternidad si aplica
  • Deducciones por inversión en nuevas empresas (ángel inversor)

Para no dejarte ninguna, consulta los datos fiscales completos de Hacienda antes de entrar en Renta WEB.


Qué pasa si confirmas el borrador: sanciones e IRPF de más

Confirmar el borrador es un acto con consecuencias legales. Mucha gente cree que si Hacienda generó el borrador y tú lo confirmaste, estás cubierto ante cualquier error. Eso es falso.

El artículo 98 de la LIRPF es explícito: el borrador tiene carácter meramente informativo. Es una herramienta de ayuda, no un documento vinculante para la AEAT. Si confirmas un borrador incompleto, estás presentando una declaración incorrecta, con independencia de quién la generó.

Si pagas de menos: sanciones y recargos

Si declaras menos de lo que debes porque no añadiste tus ingresos o calculaste mal los gastos, las consecuencias son las previstas en la Ley General Tributaria. El artículo 191 LGT establece sanciones por dejar de ingresar la deuda tributaria:

  • Infracción leve (hasta 3.000 € o sin ocultación): 50% de la cuota no pagada
  • Infracción grave (cuota superior o con cierta ocultación): entre el 50% y el 100%
  • Infracción muy grave (medios fraudulentos): entre el 100% y el 150%

Estas sanciones se reducen un 30% si muestras conformidad con la liquidación, y sobre el importe resultante, un 40% adicional si pagas en plazo voluntario sin interponer recurso (reducciones del artículo 188 LGT, modificadas por la Ley 11/2021).

Si Hacienda no te reclama y tú mismo detectas el error después del plazo, puedes regularizar presentando una autoliquidación rectificativa. Los recargos por extemporaneidad del artículo 27 LGT son: 1% base más 1% adicional por cada mes completo de retraso. Pasados 12 meses, el recargo sube al 15% más intereses de demora al 4,0625% anual.

Si pagas de más: tu dinero se queda en Hacienda

El otro escenario es confirmar el borrador con gastos no añadidos y pagar más IRPF del que te corresponde. Hacienda no te avisará de que pagaste de más. Ese dinero se queda en sus cuentas a menos que tú presentes una autoliquidación rectificativa reclamando la devolución.

La autoliquidación rectificativa es el mecanismo correcto desde el ejercicio 2024, gracias a la Ley 13/2023. Sustituye a la antigua declaración complementaria para correcciones, y permite tanto añadir lo que faltó como reclamar lo que pagaste de más en un mismo trámite. Para ejercicios anteriores a 2024, sigue vigente el sistema dual de complementaria o solicitud de rectificación.


Cómo usar el borrador correctamente en 5 pasos

El borrador no es inútil. Es un punto de partida muy válido, especialmente para verificar que los datos de terceros son correctos. El problema es tratarlo como el documento final. Aquí tienes el proceso correcto:

  1. Accede a tus datos fiscales antes de entrar al borrador. Los datos fiscales de la AEAT están disponibles desde el 18 de marzo. Descárgalos en PDF y compáralos con tus registros propios: facturas emitidas, retenciones recibidas, pagos del Modelo 130. Si hay discrepancias, identifícalas antes de abrir Renta WEB.

  2. Abre el borrador y verifica los ingresos. Comprueba que las retenciones y los ingresos que constan son los que tú tienes registrados. Si un cliente declaró haberte pagado una cantidad diferente a la que tú tienes, investiga el origen de la discrepancia antes de continuar.

  3. Abre la sección de actividad económica en Renta WEB y añade ingresos y gastos. Si el borrador no tiene ya abierta la sección de actividades económicas, deberás añadirla. Introduce el total de ingresos de tu actividad y todos los gastos deducibles documentados. Este paso es el núcleo de la declaración para cualquier autónomo.

  4. Comprueba y añade las casillas 0196 y 0197 si aplican. Si recibiste notificación de regularización del RETA o si sabes que cotizaste por un tramo diferente al que te correspondía, busca las casillas de regularización y rellena los importes que correspondan.

  5. Confirma solo cuando la declaración esté completa. No confirmes por comodidad ni por presión de fechas. Si tienes dudas sobre algún gasto o deducción, consulta con tu gestoría antes de pulsar el botón. Una declaración incorrecta es mucho más cara que el tiempo de revisarla.

Un dato para tener en cuenta: según datos citados por Wolters Kluwer — aunque sin metodología publicada —, alrededor del 70% de los borradores del conjunto de contribuyentes (no solo autónomos) presentan algún tipo de error o información incompleta. Para los autónomos en estimación directa, la tasa es con toda probabilidad mayor, porque los gastos de la actividad nunca llegan completos a Hacienda.

¿Eres autónomo en estimación directa? Hacienda no puede confeccionar tu declaración por teléfono ni en sus oficinas — ese servicio de cita previa está reservado para autónomos en módulos (estimación objetiva). Puedes llamar para consultas puntuales, pero para la confección completa necesitarás Renta WEB o un asesor fiscal. Puedes revisar la guía completa de la Renta 2025 para autónomos para tener una visión completa de todas las novedades del ejercicio.


Preguntas frecuentes


El borrador de Hacienda no va a tener tus gastos de actividad — eso no va a cambiar. Lo que sí puede cambiar es tener esa información preparada cuando la necesitas. Invoo registra cada factura emitida durante el año con acceso en tiempo real para tu gestoría, para que cuando llegue la campaña de la Renta no tengas que buscar entre correos ni carpetas.

Únete a la lista de espera de Invoo — Tu gestoría tiene acceso gratuito desde el primer día.


#renta-2025#irpf-autonomos#borrador-hacienda#gastos-deducibles#modelo-100

Fuentes y referencias

Última verificación: Abril 2026

Aviso importante

Este artículo tiene un propósito educativo e informativo. La información proporcionada no constituye asesoramiento fiscal, legal o profesional. Las normativas fiscales pueden cambiar y cada situación es única.

Para decisiones específicas sobre tu negocio, consulta siempre con un asesor fiscal o gestor profesional que pueda analizar tu caso particular.