Tarifa Plana Autónomos 2026: Requisitos, Cuánto Pagas y Cómo Solicitarla

Guía completa sobre la tarifa plana de autónomos en 2026. Requisitos reales, cuánto pagas con el MEI, prórrogas, incompatibilidades y el proceso paso a paso para no perderla.

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Tarifa Plana Autónomos 2026: Requisitos, Cuánto Pagas y Cómo Solicitarla

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Puntos clave

  • La tarifa plana en 2026 será de 80€/mes + MEI (0,9%), resultando en aproximadamente 88,72€/mes reales durante los primeros 12 meses
  • Debes llevar 2 años sin alta como autónomo (3 años si ya usaste la tarifa plana antes) y no tener deudas con Hacienda ni Seguridad Social
  • Si no marcas la casilla de tarifa plana al darte de alta en el modelo TA.0521, la pierdes para siempre: no se puede solicitar después
  • Los autónomos societarios SÍ pueden acceder a la tarifa plana desde 2020 tras las sentencias del Tribunal Supremo

Aviso legal: Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal profesional. La normativa tributaria está sujeta a cambios. Para decisiones específicas sobre tu caso, consulta siempre con un asesor fiscal colegiado. Información actualizada a noviembre de 2025.


Estás a punto de dar el salto. Has validado tu idea, tienes tus primeros clientes potenciales y sabes que puedes facturar lo suficiente para vivir de esto. Solo te queda un paso: darte de alta como autónomo. Y ahí es donde aparece la pregunta que todos se hacen: ¿cuánto voy a pagar de cuota?

La respuesta corta es que, si cumples los requisitos, puedes empezar pagando menos de 90€/mes durante tu primer año gracias a la tarifa plana. La respuesta larga es que hay matices, plazos y errores comunes que pueden hacerte perder este beneficio para siempre. En esta guía te explico todo lo que necesitas saber sobre la tarifa plana en 2026, con datos verificados y sin tecnicismos innecesarios.


Qué es la tarifa plana y por qué existe

La tarifa plana es una bonificación de la Seguridad Social que reduce drásticamente tu cuota de autónomo durante los primeros meses de actividad. Su objetivo es facilitar el emprendimiento reduciendo la barrera de entrada económica que supone la cuota mensual, especialmente cuando todavía no tienes ingresos estables.

Desde 2023, los autónomos cotizamos según nuestros rendimientos netos reales, un sistema que ajusta la cuota a lo que realmente ganamos. Sin embargo, la tarifa plana funciona como una excepción temporal: durante el tiempo que dura, pagas una cantidad fija muy reducida independientemente de cuánto factures. Es como un "periodo de gracia" para que puedas arrancar sin que la cuota te asfixie mientras tu negocio despega.

El sistema actual fue establecido por el Real Decreto-ley 13/2022 y ha ido ajustándose cada año. Para 2026, el importe base de 80€/mes se mantiene según la Disposición Transitoria Quinta de dicha norma, aunque la cuota real será algo mayor por el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), que sube cada año.


Cuánto pagas realmente en 2026: los números exactos

El titular dice 80€/mes, pero la realidad es algo más compleja. Aquí están los números reales que verás en tu cuenta bancaria:

Cuota base: 80€/mes (establecido hasta 2025, prorrogado para 2026 pendiente de confirmación en los Presupuestos Generales del Estado)

MEI 2026: 0,9% (sube desde el 0,8% de 2025)

Cuota total real en 2026: Aproximadamente 88,72€/mes

El MEI es una cotización adicional que financia el sistema de pensiones y que todos los trabajadores pagamos desde 2023. Para los autónomos, el porcentaje completo sale de nuestro bolsillo (los trabajadores por cuenta ajena lo comparten con su empresa). En 2025 fue del 0,8%, en 2026 sube al 0,9%, y seguirá subiendo progresivamente hasta 2029.

Lo que SÍ estás exento de pagar durante la tarifa plana:

  • Cese de actividad (la prestación por cierre de negocio)
  • Formación profesional

Lo que SÍ pagas:

  • MEI (obligatorio para todos)
  • Contingencias comunes y profesionales (incluidas en el 80€ base)

Cuando termine tu periodo de tarifa plana, estas cotizaciones adicionales se activarán automáticamente desde el primer día del mes siguiente, incrementando tu cuota hasta el tramo que te corresponda según tus ingresos reales.

🧮 Calcula tu cuota exacta ¿Quieres saber exactamente cuánto pagarás según tus ingresos? Usa nuestra calculadora de cuota de autónomos 2026 para ver tu tramo, base de cotización y si te aplica Tarifa Plana o Cuota Cero.


Los requisitos reales para acceder a la tarifa plana

No todo el mundo puede acceder a esta bonificación. Estos son los requisitos que debes cumplir todos a la vez:

Requisito 1: Tiempo sin alta como autónomo

Debes llevar 2 años sin estar dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Si ya disfrutaste de la tarifa plana anteriormente, el plazo aumenta a 3 años.

Este requisito se comprueba automáticamente cuando solicitas el alta. Si te diste de baja hace menos tiempo, no hay forma de saltarse esta regla: tendrás que esperar a que se cumpla el plazo o pagar la cuota completa desde el primer día.

Requisito 2: Sin deudas con Hacienda ni Seguridad Social

En el momento del alta, debes estar al corriente de pago con ambas administraciones. No vale "estoy pagando a plazos" ni "tengo un recurso pendiente". Si tienes cualquier deuda, aunque sea pequeña, debes saldarla antes de darte de alta si quieres acceder a la tarifa plana.

Un error común es olvidarse de una declaración de años atrás o de una multa de tráfico que acabó en Hacienda. Antes de iniciar el proceso, solicita un certificado de estar al corriente en la sede electrónica de la AEAT y otro en la Seguridad Social. Así evitas sorpresas el día del alta.

Requisito 3: No ser autónomo colaborador familiar

La tarifa plana está diseñada para autónomos titulares que desarrollan su propia actividad económica, no para familiares que trabajan en el negocio de otro autónomo. Los autónomos colaboradores tienen su propio sistema de bonificaciones: 50% de descuento los primeros 18 meses y 25% hasta el mes 36.

Requisito 4: Solicitarla expresamente al darte de alta

Este es el requisito más importante y el que más gente incumple por desconocimiento: la tarifa plana no se aplica automáticamente. Debes marcar la casilla correspondiente en el modelo TA.0521 cuando te das de alta en el RETA.

Si olvidas marcarlo, no podrás solicitarlo después. No hay excepciones, no hay periodo de gracia, no hay recurso que valga. La tarifa plana se solicita en el momento del alta o se pierde para siempre. Por eso es fundamental que revises el formulario con calma antes de enviarlo.


Cuánto dura: los 12 meses y las prórrogas

La duración de la tarifa plana depende de tu situación y de cuánto ingreses durante el primer año:

Año 1: Los primeros 12 meses (automático)

Durante los primeros 12 meses desde tu alta, pagas los aproximadamente 88,72€/mes sin condiciones adicionales. Da igual si facturas 500€ o 50.000€: la cuota es fija.

Año 2: Prórroga de 12 meses adicionales (condicional)

Si tus rendimientos netos anuales durante el primer año no superan el SMI (Salario Mínimo Interprofesional), puedes solicitar una prórroga de 12 meses más.

SMI 2025: 15.876€ anuales (1.184€/mes × 14 pagas)

SMI 2026: Pendiente de confirmación oficial. Las negociaciones entre Gobierno y sindicatos apuntan a un rango entre 1.215€ y 1.273€ mensuales, lo que supondría un umbral anual de aproximadamente 16.280€ a 17.220€.

Durante esta segunda fase, la cuota aumenta ligeramente respecto a los primeros 12 meses, pero sigue siendo muy inferior a la cuota normal.

Cuidado con el pico de diciembre: Si tienes un mes especialmente bueno en ingresos (por ejemplo, cobras varios proyectos atrasados en diciembre), podrías superar el umbral del SMI para todo el año y perder la prórroga. La Seguridad Social regulariza anualmente y te reclamará la diferencia si resulta que no cumplías los requisitos.

Año 3 y siguientes: Colectivos especialmente protegidos

Si perteneces a uno de estos colectivos, las condiciones son más favorables:

  • Mujeres víctimas de violencia de género
  • Personas con discapacidad igual o superior al 33%
  • Víctimas de terrorismo

Estos colectivos tienen 24 meses de tarifa plana inicial (en lugar de 12) y pueden extenderla hasta 36 meses adicionales si sus ingresos se mantienen por debajo del SMI. En total, pueden llegar a 60 meses (5 años) de cuota reducida. Durante los meses 25 a 60, la cuota sube a 160€/mes, pero sigue siendo muy inferior a la cuota estándar.

Zonas rurales con despoblación

Si tu domicilio fiscal está en municipios con problemas de despoblación (ciertas zonas de Cuenca, Soria, Teruel y otras áreas rurales designadas), puedes acceder a 36 meses de tarifa plana a 80€/mes en lugar de los 12 estándar. Esta medida busca incentivar el emprendimiento en zonas con pérdida de población.


Prórrogas: cómo no perderlas por error

Las prórrogas son uno de los puntos donde más autónomos pierden dinero por desconocimiento. Aquí están las claves para no meter la pata:

La prórroga NO es automática. Aunque cumplas los requisitos de ingresos, debes solicitarla activamente antes de que terminen tus primeros 12 meses. Si dejas pasar el plazo, pierdes el derecho aunque tus ingresos fueran bajísimos.

Programa un recordatorio en el mes 11. No esperes al último día. Revisa tus rendimientos netos del año, confirma que estás por debajo del SMI y presenta la solicitud de prórroga con margen. La burocracia puede retrasarse, y no quieres quedarte sin cobertura por un problema técnico de última hora.

Rendimientos netos, no facturación bruta. El umbral del SMI se calcula sobre tus rendimientos netos, es decir, ingresos menos gastos deducibles. Si has facturado 20.000€ pero tienes 6.000€ en gastos deducibles, tus rendimientos netos son 14.000€ y podrías cumplir el requisito. Lleva un control mensual de tus números para saber en todo momento dónde estás.


Incompatibilidades: cuándo NO puedes usar la tarifa plana

Hay situaciones en las que la tarifa plana no está disponible o debes elegir entre ella y otra bonificación:

Pluriactividad: tarifa plana vs bonificación del 50%

Si trabajas por cuenta ajena y además te das de alta como autónomo (pluriactividad), tienes dos opciones que no son compatibles entre sí:

Opción A: Tarifa plana

  • 80€/mes (+MEI) durante 12 meses
  • Cantidad fija independiente de tu base de cotización

Opción B: Bonificación por pluriactividad

  • 50% de reducción en la cuota durante los primeros 18 meses
  • 25% de reducción del mes 19 al 36
  • Basada en tu base de cotización mínima

¿Cuál elegir? Depende de tu situación específica. En general, si tu cotización combinada (Régimen General + RETA) va a ser baja, la tarifa plana suele salir mejor. Si ya cotizas mucho por tu trabajo asalariado y vas a tener ingresos altos como autónomo, la bonificación por pluriactividad puede interesarte más porque además te permite recuperar el exceso de cotización si superas ciertos umbrales.

Un asesor puede hacer los cálculos exactos para tu caso, pero como regla general: si estás empezando y no sabes cuánto vas a facturar, elige la tarifa plana por su previsibilidad y menor riesgo.

Autónomos societarios: SÍ pueden acceder

Aquí hay una buena noticia que mucha gente desconoce: los autónomos societarios (administradores de sociedades) SÍ pueden acceder a la tarifa plana desde 2020.

Durante años, la Seguridad Social les denegaba este beneficio argumentando que no eran "nuevos autónomos" al uso. Sin embargo, el Tribunal Supremo falló en contra de esta interpretación en varias sentencias de 2019-2020 (STS 1669/2019, STS 286/2020, STS 315/2020), estableciendo que los socios de sociedades mercantiles capitalistas tienen el mismo derecho a la tarifa plana que cualquier otro autónomo.

Si te dieron de alta como autónomo societario y te denegaron la tarifa plana antes de 2020, puedes reclamar hasta 4 años de cuotas pagadas de más. Si te das de alta ahora, puedes solicitarla con normalidad cumpliendo los mismos requisitos que cualquier otro autónomo.


El proceso paso a paso: cómo darte de alta sin errores

El alta como autónomo implica dos trámites ante dos administraciones diferentes, y el orden importa:

Paso 1: Alta censal en Hacienda (Modelo 036)

Antes de darte de alta en la Seguridad Social, debes comunicar a Hacienda que vas a iniciar una actividad económica. Esto se hace mediante el Modelo 036 de declaración censal.

Importante: Desde febrero de 2025, el Modelo 037 (versión simplificada) ha sido eliminado. Solo existe el Modelo 036, aunque tiene una versión simplificada incorporada para personas físicas que cumplen ciertos requisitos.

En este modelo indicarás:

  • Tus datos personales y de contacto
  • El tipo de actividad que vas a realizar (código IAE)
  • El régimen de IVA aplicable a tu actividad
  • La fecha de inicio de actividad
  • Tus obligaciones fiscales (declaraciones trimestrales, etc.)

Puedes presentarlo online con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico a través de la Sede Electrónica de la AEAT. También presencialmente en una oficina de Hacienda con cita previa.

Penalización por retraso: Si te das de alta en Hacienda después de haber empezado tu actividad, te enfrentas a una sanción de 200€. La fecha de inicio de actividad que indiques debe coincidir con la realidad.

Paso 2: Alta en el RETA (Modelo TA.0521)

Una vez completado el alta censal en Hacienda, toca darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. El formulario es el Modelo TA.0521, y tiene varias versiones según tu situación:

  • TA.0521-1: Autónomos generales (la más común)
  • TA.0521-5: Autónomos societarios
  • TA.0521-2: Autónomos colaboradores

El proceso se hace online a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. Necesitarás identificarte con certificado digital, Cl@ve Permanente o DNI electrónico.

El momento crítico: Cuando llegues a la sección de bonificaciones, marca expresamente la casilla de tarifa plana. No te la van a ofrecer si no la solicitas. Repito: si no la marcas, la pierdes para siempre.

También deberás seleccionar una mutua colaboradora para la cobertura de contingencias profesionales y elegir tu base de cotización. Durante el periodo de tarifa plana, la base es irrelevante para tu cuota (pagarás los 80€+MEI igualmente), pero afectará a tus prestaciones si las necesitas.

Paso 3: Verificar que todo está correcto

Tras completar el alta, recibirás confirmaciones de ambas administraciones. Cuando llegue tu primera cuota, verifica que el importe es de aproximadamente 88-89€. Si ves una cantidad significativamente mayor, contacta inmediatamente con la Seguridad Social: puede que la tarifa plana no se haya aplicado correctamente.

Guarda todos los justificantes: el alta censal (036), la confirmación del alta en RETA con tarifa plana, y los recibos de las primeras cuotas. Si hay cualquier discrepancia en el futuro, estos documentos serán tu mejor defensa.


Qué pasa cuando termina la tarifa plana

Cuando acabe tu periodo de tarifa plana (12, 24 o más meses según tu caso), pasarás automáticamente al sistema de cotización por ingresos reales. Este sistema funciona así:

Elección de base de cotización: Debes elegir una base de cotización acorde a tus rendimientos netos previstos. Hay 15 tramos diferentes, desde menos de 670€/mes hasta más de 6.000€/mes de rendimientos.

Cuota mínima en 2026: Para el tramo más bajo (rendimientos inferiores a 670€/mes), la cuota se mantiene en 200€/mes. Los primeros tres tramos están congelados para 2026; los superiores suben entre un 1% y un 2,5%.

Ajuste cada dos meses: Puedes cambiar tu base de cotización hasta 6 veces al año (cada dos meses) si tus previsiones de ingresos cambian.

Regularización anual: La Seguridad Social cruzará tus datos con Hacienda al año siguiente. Si pagaste de más según tus ingresos reales, te devolverán la diferencia. Si pagaste de menos, te reclamarán lo pendiente.

El salto de 88€ a 200€ (o más) puede ser significativo para tu flujo de caja. Planifícalo con tiempo y asegúrate de que tu negocio genera los ingresos necesarios para absorber ese incremento cuando llegue el momento.

🧮 ¿Cuánto pagarás cuando termine la tarifa plana? Descubre en qué tramo caerás según tus ingresos previstos. Nuestra calculadora de cuota de autónomos te muestra tu cuota exacta, incluyendo Cuota Cero si tu comunidad autónoma lo ofrece.


Errores comunes que cuestan dinero

Después de hablar con decenas de autónomos y gestorías, estos son los errores más frecuentes que hacen perder la tarifa plana o complicar la vida innecesariamente:

Error 1: No solicitar la tarifa plana al darte de alta

El más grave y el más irreversible. Si no marcas la casilla en el TA.0521, pierdes el beneficio para siempre. No hay segunda oportunidad, no hay recurso, no hay excepción.

Solución: Revisa el formulario tres veces antes de enviarlo. Si tienes dudas, llama al teléfono de información de la Seguridad Social (901 50 20 50) o pide ayuda a una gestoría.

Error 2: Tener deudas sin saberlo

Una multa olvidada, una declaración de hace años que no presentaste, un recargo que no pagaste. Cualquier deuda con Hacienda o Seguridad Social te descalifica automáticamente.

Solución: Antes de iniciar el alta, solicita certificados de estar al corriente de pago en ambas administraciones. Es gratis, online y te quita la incertidumbre.

Error 3: Darte de alta en el orden incorrecto

Primero Hacienda (036), luego Seguridad Social (TA.0521). Si lo haces al revés o las fechas no coinciden, puedes tener problemas administrativos.

Solución: Sigue el orden correcto y asegúrate de que la fecha de inicio de actividad es la misma en ambos documentos.

Error 4: Olvidar solicitar la prórroga

Cumples los requisitos de ingresos, pero no solicitas la prórroga antes de que acaben los 12 meses. Resultado: pasas a la cuota completa aunque podrías haber pagado menos.

Solución: Programa un recordatorio en el mes 11. Revisa tus rendimientos netos y presenta la solicitud con margen.

Error 5: Confundir facturación bruta con rendimientos netos

Crees que has superado el SMI porque has facturado 18.000€, pero tus rendimientos netos (después de restar gastos deducibles) son 13.000€. Podrías haber solicitado la prórroga y no lo hiciste.

Solución: Lleva un control mensual de ingresos Y gastos. Calcula periódicamente tus rendimientos netos para saber dónde estás respecto al umbral del SMI.


Preguntas frecuentes

¿Puedo darme de alta como autónomo y solicitar la tarifa plana si ya tengo un trabajo por cuenta ajena?

Sí, pero estarás en situación de pluriactividad y deberás elegir entre tarifa plana y bonificación por pluriactividad. No puedes tener ambas. Evalúa cuál te conviene más según tu cotización por el trabajo asalariado y tus previsiones de ingresos como autónomo.

¿Qué pasa si me doy de baja antes de los 12 meses y luego quiero volver a darme de alta?

Tendrás que esperar 2 años (o 3 si ya usaste la tarifa plana) para volver a solicitarla. No puedes "pausar" el beneficio y retomarlo después.

¿La tarifa plana afecta a mis prestaciones (baja por enfermedad, maternidad, etc.)?

Sí. Durante la tarifa plana cotizas por la base mínima, lo que significa que tus prestaciones se calcularán sobre esa base reducida. Si necesitas una baja por enfermedad, cobrarás menos que si cotizaras por una base mayor.

¿Puedo cambiar mi base de cotización durante la tarifa plana?

No tiene sentido hacerlo porque pagarás los 80€+MEI independientemente de la base que elijas. Tu base solo afectará a tus prestaciones, no a tu cuota durante este periodo.

¿Qué hago si mi software de facturación no cumple con Verifactu?

Este es un tema separado pero relacionado. Desde julio de 2026, los autónomos que usen software de facturación (incluyendo Excel con fórmulas) deben cumplir los requisitos de Verifactu. Consulta nuestra guía completa de Verifactu para más información.

¿Soy autónomo societario, puedo acceder a la tarifa plana?

Sí, desde las sentencias del Tribunal Supremo de 2019-2020. Si cumples los requisitos generales (2-3 años sin alta, sin deudas, etc.), puedes solicitarla como cualquier otro autónomo.


Invoo: Facturación clara desde tu primer día como autónomo

Darte de alta como autónomo ya tiene suficiente papeleo. Lo último que necesitas es complicarte la vida con la facturación. Invoo está diseñado para autónomos que quieren emitir facturas correctas desde el minuto 1, con todos los requisitos legales incluidos (retenciones IRPF, IVA, numeración correlativa) y preparado para cumplir Verifactu cuando entre en vigor.

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Fuentes oficiales

Última actualización: Enero 2026

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