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Puntos clave
La tarifa plana es la cuota reducida para altas iniciales o tras dos años fuera del RETA (tres si ya la disfrutaste). Se aplica durante los primeros 12 meses y se solicita al tramitar el alta. Desde 2026 la cuantía se fija para cada ejercicio, así que confirma el importe vigente en Importass antes de presentar la solicitud.
- La cuota reducida se aplica durante los primeros 12 meses de actividad y su importe se fija por ejercicio desde 2026
- Puedes acceder con un alta inicial o después de dos años sin estar en RETA; el plazo es de tres años si ya disfrutaste esta cuota reducida
- Si prevés rendimientos netos anuales inferiores al SMI, puedes solicitar otros 12 meses de cuota reducida al terminar el primer periodo
- La solicitud se hace al tramitar el alta: comprueba siempre la cuantía y las condiciones vigentes en Importass
La tarifa plana es la cuota reducida para quien empieza una actividad por cuenta propia o vuelve al RETA después de un periodo sin alta. Su utilidad es clara: tener una cuota conocida durante el arranque del negocio y ganar tiempo para validar ingresos y gastos.
En 2026 hay un matiz importante. La referencia de 80 € al mes quedó fijada expresamente para 2023-2025, mientras que la norma prevé que desde 2026 el importe se determine para cada ejercicio. Por eso, antes de presentar el alta, consulta el importe que muestra Importass para tu caso.
Qué es la tarifa plana de autónomos
La tarifa plana es una cuota reducida de la Seguridad Social para nuevos autónomos. No depende de que hayas empezado a facturar mucho o poco: el objetivo es facilitar los primeros meses de actividad con una cuota específica.
La referencia práctica es Importass, el portal de la Seguridad Social para el trabajo autónomo. Ahí puedes comprobar la cuota reducida aplicable a tu caso y tramitar la solicitud durante el alta.
No confundas la tarifa plana con la cuota ordinaria por rendimientos. Cuando termine el periodo reducido, tu cotización se calculará según las reglas vigentes y los rendimientos comunicados. Si quieres anticipar ese escenario, usa la calculadora de cuota de autónomos.
Requisitos para acceder en 2026
La Seguridad Social recoge estas dos vías de acceso:
- Alta inicial en el RETA. Si es la primera vez que te das de alta como autónomo, puedes solicitar la cuota reducida durante el trámite.
- Nueva alta tras un periodo sin RETA. Deben haber pasado al menos dos años desde la anterior alta. El plazo asciende a tres años si ya disfrutaste antes de esta cuota reducida.
El dato relevante es tu situación de alta en el RETA, no solo que no hayas emitido facturas en ese periodo. Si tienes dudas sobre fechas o situaciones especiales, compruébalo antes de iniciar el trámite: corregir un alta después puede ser mucho más lento que verificarla de antemano.
Casos que conviene confirmar antes de empezar
No todas las situaciones se resuelven con una respuesta rápida. Si ya disfrutaste de una cuota reducida, si vas a compatibilizar la actividad con un empleo por cuenta ajena o si tu alta está vinculada a una sociedad o a un familiar colaborador, revisa tu encuadramiento antes de enviar la solicitud. La regla de los dos o tres años es importante, pero no sustituye la comprobación de tu caso concreto en la Seguridad Social.
Lo mismo ocurre si puedes acceder a un periodo inicial ampliado por discapacidad, violencia de género o terrorismo. En esos supuestos, prepara la documentación que te solicite el servicio y no bases la decisión en una guía antigua o en experiencias de terceros.
También es útil separar la cuota reducida estatal de las ayudas autonómicas. Algunas comunidades publican programas de Cuota Cero o ayudas similares, pero sus plazos, requisitos y forma de solicitud cambian. Si quieres valorar esa alternativa, compara la tarifa plana y la Cuota Cero con la información vigente de tu comunidad.
Solicítala al darte de alta
La guía oficial indica que la solicitud se realiza en el momento de tramitar el alta. No lo dejes para después: revisa que eliges la opción de cuota reducida y guarda el justificante del alta.
Para preparar la solicitud, ten a mano:
- La fecha en la que empiezas la actividad.
- Tu previsión de rendimientos y la información de cotización que te solicite Importass.
- Los datos con los que vas a identificarte en el portal, como Cl@ve o certificado digital.
Cuánto dura y cuándo puede ampliarse
El primer periodo de cuota reducida es de 12 meses. Al acercarte al final, revisa con tiempo si puedes solicitar una ampliación.
La Seguridad Social contempla otros 12 meses de cuota reducida cuando preveas que tus rendimientos económicos netos anuales serán inferiores al salario mínimo interprofesional anual aplicable y lo solicites en el servicio habilitado en Importass.
La clave es hablar de rendimientos netos, no de facturación bruta. Para hacer una previsión razonable, parte de tus ingresos estimados y resta únicamente los gastos vinculados a la actividad que correspondan. Si necesitas ordenarlo, nuestra calculadora de gastos deducibles te ayuda a preparar la estimación.
Cómo preparar la posible ampliación
La ampliación no se decide mirando una sola factura ni un mes especialmente bueno. Reserva un momento antes de que termine el primer periodo para revisar tu previsión anual: ingresos que esperas cerrar, gastos vinculados a la actividad y cambios que puedan afectar a tu rentabilidad.
Haz esa revisión con una cifra de rendimientos netos, no solo con la facturación. Facturar más no equivale automáticamente a ganar más; una previsión útil tiene en cuenta los gastos necesarios para generar esos ingresos. Si la actividad ha cambiado durante el año, deja por escrito el motivo de la variación para poder contrastarlo con tu gestoría o con la información de Importass.
Por último, consulta el servicio habilitado con margen. Así tendrás tiempo de comprobar qué documentación pide, corregir datos y decidir cómo encaja la siguiente etapa de cotización en tu presupuesto.
Colectivos con periodo inicial ampliado
La guía de Importass recoge una cuota reducida inicial de 24 meses para personas con discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo. Tras ese periodo, puede haber una ampliación adicional si se cumplen las condiciones de rendimientos indicadas por la Seguridad Social.
Como estas situaciones requieren acreditar circunstancias concretas, confirma las condiciones dentro de Importass antes de tramitar el alta.
Qué ocurre cuando termina la cuota reducida
Cuando acaba el periodo reducido, tu cotización pasa a calcularse dentro del sistema de rendimientos netos. No esperes al último recibo para entender el cambio: revisa con antelación tu previsión de ingresos y gastos y compárala con el simulador oficial.
Si tus previsiones cambian durante el año, actualiza la información de cotización en los servicios de la Seguridad Social que correspondan. El objetivo no es acertar cada mes al céntimo, sino mantener una previsión razonable y evitar que el salto desde la cuota reducida te sorprenda en tesorería.
Para estimar el escenario posterior a la tarifa plana, utiliza el simulador de cuotas de la Seguridad Social y compáralo con tus gastos recurrentes. También puedes revisar nuestra guía sobre los tramos de cuota de autónomos para entender cómo se relacionan los rendimientos y la cuota.
Una forma sencilla de prepararte es hacer una revisión de 90 días antes de que venza el periodo reducido. Reúne tus previsiones de ventas, gastos fijos y gastos variables; simula un escenario prudente y otro más favorable; y decide qué importe puedes reservar cada mes. La cuota reducida es una ayuda de arranque, no un coste permanente, así que este cálculo te permite ajustar precios, margen y tesorería con tiempo.
Cómo solicitar la tarifa plana en Importass
El trámite se realiza online en el servicio de alta como autónomo de Importass. La solicitud de la cuota reducida forma parte de ese proceso.
Si también tienes que ordenar tu alta fiscal, consulta nuestra guía paso a paso para darte de alta como autónomo. Te ayudará a preparar el conjunto del proceso sin confundir ese trámite con la solicitud de cuota reducida en Importass.
Antes de enviarlo, haz esta comprobación breve:
- Revisa tus altas anteriores. Confirma si es una alta inicial, si han pasado dos años o si necesitas el plazo de tres por haber disfrutado ya la reducción.
- Comprueba el importe vigente. La normativa prevé que la cuantía desde 2026 se fije para cada ejercicio; utiliza el dato que muestre Importass en tu trámite.
- Selecciona la cuota reducida durante el alta. No cierres el proceso sin revisar la bonificación solicitada.
- Guarda el justificante. Conserva la confirmación del alta y de la cuota elegida junto a tu documentación fiscal.
Si necesitas estimar cuál será tu cuota después del periodo reducido, el simulador de cuotas de la Seguridad Social es la fuente oficial para contrastar tus previsiones.
Al terminar el trámite, descarga la confirmación y revisa los datos esenciales: fecha de efectos del alta, actividad comunicada y opción de cuota reducida solicitada. Conserva el justificante junto con tu documentación de inicio de actividad; te facilitará cualquier consulta posterior con la Seguridad Social o tu gestoría.
Revisión final antes de enviar el alta
Dedica unos minutos a leer el resumen completo antes de confirmar. Comprueba que la fecha de inicio coincide con tu planificación, que los datos de contacto están actualizados y que has seleccionado la opción de cuota reducida que corresponde a tu situación. Una última revisión evita basarte en suposiciones cuando aún puedes corregir un dato dentro del propio trámite.
Después, guarda el resguardo en una carpeta fácil de localizar junto con las credenciales y documentos de inicio de actividad. Si trabajas con una gestoría, compárteselo desde el principio: así podrá revisar tus previsiones de gastos, tus obligaciones fiscales y el momento en que debes volver a comprobar la cotización. Este orden no sustituye la información oficial, pero te deja una base clara para tomar decisiones durante los primeros meses.
Errores que conviene evitar
Dar por hecho que el importe de años anteriores sigue vigente
El importe de 80 € estuvo establecido expresamente para 2023-2025. Para 2026, usa como referencia el importe que ofrezca el servicio oficial en el momento de solicitar el alta.
Mirar solo la facturación para calcular una ampliación
La posible ampliación se vincula a rendimientos netos anuales previstos inferiores al SMI. No es lo mismo facturar una cantidad que obtener esa misma cantidad como rendimiento después de los gastos de la actividad.
Solicitar el alta sin revisar la cuota reducida
La solicitud se hace dentro del proceso de alta. Revísala antes de enviar el formulario y descarga el justificante final. Es una comprobación de pocos minutos que evita incertidumbre sobre el beneficio aplicado.
Confundir la tarifa plana con una ayuda autonómica
La cuota reducida estatal y las ayudas autonómicas pueden tener requisitos, plazos y trámites distintos. Si tu comunidad ofrece una ayuda relacionada con la Cuota Cero, confirma primero sus condiciones y guarda por separado los justificantes de cada solicitud. De ese modo no das por hecho que un trámite cubre automáticamente el otro.
Preguntas frecuentes sobre la tarifa plana
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Regístrate gratisFuentes y referencias
- Seguridad Social - Guía de trabajo autónomo en Importass
- Seguridad Social - Información sobre cuota reducida
- Seguridad Social - Alta como autónomo
- Seguridad Social - Simulador de cuota
- BOE - Real Decreto-ley 13/2022
Última verificación: Agosto 2026
Aviso importante
Este artículo tiene un propósito educativo e informativo. La información proporcionada no constituye asesoramiento fiscal, legal o profesional. Las normativas fiscales pueden cambiar y cada situación es única.
Para decisiones específicas sobre tu negocio, consulta siempre con un asesor fiscal o gestor profesional que pueda analizar tu caso particular.



