Calculadora Cuota Autónomos
Descubre cuánto pagarás de cuota según tus ingresos reales
El cálculo de la prestación sigue cuatro pasos fijados por el Art. 338 y 339 LGSS:
Necesitas al menos 12 meses cotizados por cese de actividad dentro de los últimos 48 meses, de los cuales al menos 12 deben estar en los 24 meses previos al cese.
La tabla del Art. 338 LGSS asigna la duración según tus meses cotizados: de 4 meses (12-17 meses) hasta 24 meses (48 o más meses).
La mensualidad es el 70% de tu base reguladora (media de las últimas 12 bases de cotización), con un mínimo y máximo fijados por el IPREM ajustado 2026 según hijos a cargo.
Multiplica la mensualidad neta por los meses de prestación. Solicita la prestación en tu mutua colaboradora o directamente en el SEPE dentro de los 15 días hábiles siguientes al cese.
Datos verificados directamente contra el texto consolidado de la LGSS, no contra fuentes secundarias.
Usamos la tabla real del Art. 338 LGSS (12-17 meses → 4 meses de prestación, hasta ≥48 → 24 meses), no versiones desactualizadas. Sin errores que te lleven a esperar más o menos de lo que te corresponde.
Aplicamos el IPREM ajustado a 700 €/mes (600 × 7/6, según Art. 339 LGSS), no los 600 € del IPREM base. Muchas calculadoras usan el importe sin ajustar y subestiman el máximo hasta en 175 €/mes.
Si la prestación no sale como esperabas y decides continuar, Invoo simplifica tu facturación al máximo. Solo facturación, sin funciones que no usas. €10,90/mes, todo incluido.
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Calcula cuánto cobrarías si cierras tu actividad: duración de la prestación, mensualidad neta con topes IPREM y total a recibir. Actualizado con el Art. 338 LGSS y el IPREM 2026.
Número entero entre 12 y 48. Mínimo 12 para tener derecho a la prestación.
Media de tus bases de cotización de los últimos 12 meses (antes del cese). En €/mes.
IPREM 2026: 600 €/mes (ajustado a 700 €/mes incluyendo la sexta parte, según Art. 339 LGSS). Sin PGE 2026 aprobado, el valor permanece congelado.
Introduce tus datos para calcular la prestación
Cálculo orientativo basado en el Art. 338 y 339 LGSS (RDLeg 8/2015, modificado por RDL 13/2022) y el IPREM 2026 (600 €/mes). La prestación definitiva la determina el SEPE o la mutua colaboradora. Consulta con tu gestoría.