Cómo Darse de Alta como Autónomo 2026: Guía Paso a Paso

Guía completa para darte de alta como autónomo en 2026. Modelo 036, RETA, Tarifa Plana y todos los trámites paso a paso sin errores.

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Cómo Darse de Alta como Autónomo 2026: Guía Paso a Paso

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Puntos clave

  • El Modelo 037 ya no existe desde febrero 2025: todos los autónomos deben usar el Modelo 036 para darse de alta en Hacienda
  • Debes completar DOS altas distintas: primero Hacienda (036) y después Seguridad Social (TA.0521), siempre en ese orden y con la misma fecha
  • Si olvidas marcar la casilla de Tarifa Plana en el TA.0521 al darte de alta, la pierdes para siempre y pagarás más de 1.000€ extra en tu primer año
  • El alta en Hacienda debe hacerse ANTES de iniciar tu actividad: si te registras tarde, la multa es de 200€ automáticos sin excepciones

Aviso legal: Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal profesional. La normativa tributaria está sujeta a cambios. Para decisiones específicas sobre tu caso, consulta siempre con un asesor fiscal colegiado. Información actualizada a enero de 2026.


Tienes tu primer cliente esperando, sabes exactamente qué vas a cobrar, y solo te falta un último paso antes de poder emitir tu primera factura legal: darte de alta como autónomo. Parece un trámite sencillo hasta que te enfrentas a formularios con 50 campos, siglas incomprensibles (IAE, CNAE, RETA, TA.0521) y decisiones que si tomas mal pueden costarte miles de euros sin que te des cuenta hasta meses después. Cada año, miles de nuevos autónomos pierden la Tarifa Plana porque olvidaron marcar una casilla, pagan multas de 200€ porque se dieron de alta un día tarde, o eligen el epígrafe IAE equivocado y acaban con obligaciones fiscales que no les corresponden.

Esta guía te explica exactamente cómo darte de alta como autónomo en 2026 sin cometer ninguno de estos errores. Te voy a llevar paso a paso por todo el proceso, desde los documentos que necesitas preparar antes de empezar hasta la confirmación final de que todo está correcto y tu Tarifa Plana se ha aplicado. Vamos a cubrir las dos altas que debes hacer (Hacienda y Seguridad Social), cómo elegir tu epígrafe IAE sin equivocarte, cuál es el mejor día del mes para darte de alta si quieres ahorrar en tu primera cuota, y qué hacer inmediatamente después de completar el registro para verificar que todo funciona bien. Al final de esta guía, sabrás exactamente qué hacer en cada paso, cuánto tiempo toma cada trámite, y cómo asegurarte de que no pierdes ni un euro por despiste.


En esta guía:

  1. Antes de empezar: qué preparar
  2. Paso 1: Alta en Hacienda (Modelo 036)
  3. Paso 2: Alta en Seguridad Social (RETA)
  4. Paso 3: Comunicaciones adicionales
  5. Errores comunes y cómo evitarlos
  6. Checklist final: qué debes tener
  7. Próximos pasos: tu primera factura
  8. Preguntas frecuentes

Antes de empezar: qué necesitas preparar

Antes de abrir ningún formulario ni entrar en ninguna web de la administración, necesitas tener clara cierta información y reunir algunos documentos. Hacer este trabajo previo te ahorrará tener que abandonar formularios a medio rellenar porque te falta un dato, y además te permitirá tomar decisiones informadas sobre aspectos clave de tu alta que afectarán a tu fiscalidad durante todo el año.

Documentación imprescindible que debes tener a mano:

Tu DNI o NIE en vigor, porque lo vas a necesitar en ambas altas y además te servirá para identificarte en las sedes electrónicas si no tienes certificado digital. Si eres extranjero, asegúrate de que tu NIE no ha caducado, porque la administración no te dejará completar el trámite con un documento vencido. También necesitarás tu número de Seguridad Social (NUSS) o número de afiliación (NAF), que es el que te asignaron cuando trabajaste por primera vez por cuenta ajena. Si nunca has trabajado en España, deberás solicitar este número antes de poder darte de alta como autónomo, lo cual añade unos días al proceso.

Certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico:

Aunque técnicamente puedes hacer los trámites de forma presencial, en 2026 el proceso online es mucho más rápido y te permite ver exactamente qué estás rellenando sin depender de que un funcionario lo haga por ti. El certificado digital de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) es la opción más versátil porque te sirve para todas las administraciones y lo puedes usar desde cualquier ordenador. Si no tienes certificado digital, puedes usar Cl@ve Permanente (se solicita online y te dan las claves en 10 días por correo postal) o el DNI electrónico si tu DNI tiene chip y dispones de un lector compatible.

Información sobre tu actividad económica:

Aquí viene la parte donde muchos autónomos se atascan. Necesitas saber exactamente qué actividad vas a desarrollar, no en términos genéricos ("voy a hacer diseño gráfico"), sino lo suficientemente específico como para elegir el epígrafe IAE correcto. El epígrafe IAE es un código numérico que clasifica tu actividad según la normativa fiscal española, y de él dependerán cosas como tu régimen de IVA, tus obligaciones de retención de IRPF, y en algunos casos tu acceso a ciertos incentivos fiscales. Si vas a hacer varias actividades diferentes (por ejemplo, diseño gráfico Y formación online), necesitas identificar todos los epígrafes que te aplican porque debes declarar todas tus actividades desde el principio. Más adelante en esta guía te explico cómo elegir el epígrafe correcto sin morir en el intento.

Fecha de inicio de actividad:

Esta fecha es crítica y debe ser coherente en todos tus trámites. Legalmente, la fecha de inicio de actividad es el día en el que empiezas a desarrollar tu trabajo como autónomo, no el día en que se te ocurrió la idea ni el día en que emites tu primera factura. Si ya has empezado a trabajar sin estar dado de alta, técnicamente estás cometiendo una infracción, y cuando te des de alta deberás declarar la fecha real de inicio incluso si es anterior al alta. Esto puede generar una multa de 200€ por alta fuera de plazo, pero es mejor asumir esa multa que ocultar la fecha real, porque Hacienda puede cruzar datos y las sanciones por falsedad son mucho más graves.

Decisiones previas que debes tomar:

¿Vas a trabajar desde tu casa o vas a tener un local? Esto afecta al domicilio fiscal que debes declarar y a ciertos gastos deducibles. ¿Vas a contratar empleados desde el principio o trabajarás solo? Si vas a tener empleados, necesitas inscribirte también como empleador, lo cual añade trámites adicionales. ¿Tu actividad está sujeta a IVA o está exenta? Algunas actividades como enseñanza, sanidad o servicios financieros están exentas de IVA, lo cual afecta a tu régimen de facturación. Si no sabes la respuesta a estas preguntas, consulta con una gestoría antes de darte de alta, porque cambiar estos parámetros después es posible pero engorroso.

💡 Consejo importante sobre fechas de alta El día del mes en que te des de alta determina cuánto pagarás de cuota en tu primer mes. Si te das de alta el día 1, pagas el mes completo. Si te das de alta el día 31, pagas solo la parte proporcional de ese día. Muchos autónomos eligen darse de alta el último día del mes anterior a cuando realmente quieren empezar a facturar, para que su primer mes completo sea ya con Tarifa Plana aplicada y minimizar el coste del mes de alta.


Paso 1: Alta en Hacienda (Modelo 036)

El primer trámite que debes completar es comunicar a la Agencia Tributaria que vas a iniciar una actividad económica. Esto se hace mediante el Modelo 036 de declaración censal. Hasta febrero de 2025 existía una versión simplificada llamada Modelo 037, pero ese formulario ya no existe, así que en 2026 todos los autónomos usan el mismo Modelo 036 independientemente de la complejidad de su actividad.

Qué es el Modelo 036 y para qué sirve

El Modelo 036 es el documento oficial mediante el cual te inscribes en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria. No es un impuesto ni una tasa, es simplemente una comunicación censal: estás informando a Hacienda de que existes como sujeto económico, qué tipo de actividad desarrollas, qué obligaciones fiscales tendrás (IVA, IRPF, retenciones), y cuál es tu domicilio fiscal. Una vez presentado este modelo y aceptado por la AEAT, recibes tu alta censal, que es el requisito previo indispensable para poder darte de alta en la Seguridad Social después. Sin alta en Hacienda, no puedes alta en RETA.

Cambio importante en 2026: solo existe el Modelo 036

Como ya he mencionado, desde la Orden HAC/1526/2024 publicada en el BOE el 9 de enero de 2025, el Modelo 037 (versión simplificada) ha sido eliminado. Esto significa que ya no tienes que decidir entre 036 y 037: solo existe el 036. La buena noticia es que el nuevo Modelo 036 incorpora funcionalidades del antiguo 037 para simplificar el proceso para personas físicas con actividades sencillas, así que aunque el formulario tenga más páginas, no todas te aplicarán si tu situación es simple.

Cómo rellenar el Modelo 036 sin errores

El formulario tiene varias secciones, pero no todas son obligatorias para todos. Voy a explicarte campo por campo qué debes rellenar y qué puedes ignorar:

Página 1 - Datos identificativos:

Marca la casilla "Alta" (no modificación ni baja, obviamente). En "Causa de presentación", marca el código que corresponda: normalmente será "Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores". Rellena tus datos personales: nombre completo, NIF/NIE, fecha de nacimiento, nacionalidad. En "Domicilio fiscal", pon la dirección desde donde vas a desarrollar tu actividad. Si trabajas desde casa, será tu domicilio habitual. Si tienes un local u oficina, será esa dirección. Este domicilio es importante porque determina qué delegación de Hacienda gestiona tu expediente y, en algunos casos, puede afectar a ayudas autonómicas que requieren domicilio fiscal en esa comunidad.

Página 2 - Representante (solo si aplica):

Si vas a nombrar un representante (tu gestoría, por ejemplo), rellena esta sección con sus datos. Si no, déjala en blanco. Tener representante significa que esa persona puede presentar declaraciones y recibir notificaciones en tu nombre, lo cual es útil si delegas toda tu gestión fiscal, pero no es obligatorio.

Página 3 - Actividades económicas (la más importante):

Aquí debes declarar todas las actividades que vas a desarrollar indicando su epígrafe IAE. Más adelante te explico cómo elegir el epígrafe correcto, pero la estructura es: Epígrafe IAE (código numérico), Descripción de la actividad (en tus palabras qué haces), Fecha de inicio (el día exacto en que comienzas), Domicilio del local (si trabajas desde casa, el mismo que domicilio fiscal), y Tipo de actividad (empresarial, profesional o artística).

Un error común es poner solo un epígrafe genérico cuando en realidad haces varias cosas. Si eres diseñador gráfico Y das formación online, debes declarar ambos epígrafes (por ejemplo, 899.9 "Otros servicios relacionados con las artes gráficas" y 922.1 "Enseñanza de formación profesional"). No declarar todas tus actividades puede hacer que Hacienda considere que facturas fuera de tu epígrafe, lo cual genera problemas en inspecciones futuras.

Página 4 - Régimen de IVA:

Aquí indicas si tu actividad está sujeta a IVA y en qué régimen. La mayoría de autónomos marcan "Régimen general" de IVA, que implica presentar el modelo 303 trimestralmente. Si cumples requisitos específicos, puedes acogerte al "Régimen especial simplificado" (módulos), pero esto solo aplica a ciertas actividades y tiene límites de facturación. Si tu actividad está exenta de IVA (por ejemplo, enseñanza o sanidad), marca "Operaciones exentas" y no tendrás que repercutir IVA en tus facturas.

También debes indicar si vas a realizar operaciones intracomunitarias (ventas/compras a otros países de la UE), si vas a exportar fuera de la UE, o si tendrás actividades sujetas a otros regímenes especiales. Si tu actividad es puramente local y no vas a vender fuera de España, marca solo "Régimen general" y listo.

Página 5 - IRPF y obligaciones de retención:

Marca si vas a estar en régimen de estimación directa (el más común, calculas tu beneficio como ingresos menos gastos) o estimación objetiva (módulos, muy raro ya en 2026). Si vas a contratar trabajadores o profesionales y tendrás que practicarles retenciones de IRPF, marca "Alta en el censo de retenedores". Si trabajas solo y no vas a contratar a nadie, puedes dejar esto en blanco inicialmente.

Fecha de inicio y firma:

En la última página, revisa que la fecha de inicio de actividad sea coherente con lo que declaraste en la página 3. Firma el formulario (si lo presentas en PDF con certificado digital, la firma digital del certificado cuenta como firma del modelo).

Cómo presentar el Modelo 036 online

La forma más rápida y recomendable es presentarlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT:

  1. Entra en sede.agenciatributaria.gob.es
  2. Busca "Modelo 036" en el buscador o navega a Censos > Modelo 036
  3. Identifícate con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico
  4. Rellena el formulario online (te va guiando y solo muestra campos relevantes según tus respuestas)
  5. Revisa todo antes de enviar (una vez enviado no puedes modificar, tendrías que presentar un 036 de modificación)
  6. Envía y descarga el justificante de presentación (PDF con código seguro de verificación)

El sistema te da confirmación inmediata de que el modelo se ha presentado correctamente. En 24-48 horas hábiles, puedes consultar tu ficha censal en la sede electrónica para verificar que todos los datos están correctos.

Plazos y sanciones por presentación fuera de plazo

El Modelo 036 debe presentarse antes del inicio de la actividad o, como máximo, el mismo día en que inicias. Si lo presentas aunque sea un día después de haber empezado a trabajar, técnicamente estás fuera de plazo y Hacienda puede imponerte una sanción de 200€ fijos (artículo 198 de la Ley General Tributaria). Esta sanción se aplica automáticamente sin necesidad de que haya ningún perjuicio: el simple hecho de declarar fuera de plazo la genera.

Por eso es fundamental que si vas a empezar a trabajar el 1 de febrero, presentes el Modelo 036 durante enero o, como muy tarde, el 1 de febrero mismo. Y asegúrate de que la fecha que declaras como "fecha de inicio de actividad" coincide con la realidad, porque Hacienda puede cruzar datos (por ejemplo, si emitiste una factura el 25 de enero pero declaras inicio de actividad el 1 de febrero, hay incoherencia).

Elegir el epígrafe IAE correcto

El epígrafe IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) es un código que clasifica tu actividad. Aunque la mayoría de autónomos están exentos de pagar este impuesto (solo pagan las empresas con facturación superior a 1 millón de euros), es obligatorio elegir uno al darte de alta porque determina qué obligaciones fiscales tienes. Aquí está cómo elegir el correcto sin equivocarte:

Paso 1: Identifica el tipo de actividad

Las actividades se clasifican en tres grupos principales: Empresariales (comercio, industria, servicios con infraestructura o medios de producción), Profesionales (servicios prestados personalmente sin organización empresarial: abogados, consultores, diseñadores, etc.), y Artísticas (creación y actuación artística). La diferencia fundamental es que las profesionales las desarrollas tú personalmente sin medios organizados, mientras que las empresariales implican una estructura (empleados, local, maquinaria).

Paso 2: Consulta el listado oficial

Puedes consultar todos los epígrafes en epigrafesiae.com o en la propia web de la AEAT. Los epígrafes profesionales están en la sección 2 (por ejemplo, 841 "Economistas", 844 "Arquitectos técnicos", 862 "Profesionales relacionados con las nuevas tecnologías"). Los empresariales ocupan la sección 1 y 3 (por ejemplo, 659.4 "Comercio al por menor por internet", 722.1 "Servicios de consultoría y asesoría informática").

Paso 3: Elige el más específico posible

Si hay un epígrafe específico para lo que haces, úsalo. Por ejemplo, si eres desarrollador web, el epígrafe 862.1 "Programadores informáticos" es más preciso que 862.9 "Otros profesionales relacionados con las nuevas tecnologías". Si hay varios que te encajan, puedes declarar múltiples epígrafes (no hay límite), pero al menos uno debe ser tu actividad principal.

Paso 4: Verifica las implicaciones fiscales

Algunos epígrafes tienen retenciones de IRPF diferentes. Por ejemplo, los profesionales suelen tener retención del 15% (7% los tres primeros años si cumples requisitos), mientras que ciertas actividades empresariales no tienen retención. También algunos epígrafes determinan si puedes facturar sin IVA (actividades exentas). Asegúrate de que el epígrafe que eliges se corresponde con tu régimen fiscal real.

Errores comunes al elegir epígrafe:

Elegirlo "a ojo" sin consultar el listado oficial, copiando el de otro autónomo que hace algo parecido (pero no igual), usar un epígrafe genérico tipo "otros servicios" cuando existe uno específico para tu actividad, o no declarar todos los epígrafes si haces varias actividades distintas. Si tienes dudas, consulta con una gestoría: elegir mal el epígrafe puede complicarte la vida fiscalmente durante todo el año.


Paso 2: Alta en la Seguridad Social (RETA)

Una vez completado el alta en Hacienda, el siguiente paso es darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Este es el trámite que realmente activa tu cuota mensual de autónomo y te da cobertura para prestaciones (baja por enfermedad, maternidad/paternidad, jubilación, etc.). Sin este alta, aunque tengas alta censal en Hacienda, no puedes trabajar legalmente como autónomo.

Qué es el RETA y el Modelo TA.0521

El RETA es el sistema de Seguridad Social específico para trabajadores autónomos. Cotizar en el RETA te da derecho a prestaciones sociales y construye tu pensión futura. El formulario para inscribirte en el RETA es el Modelo TA.0521, que tiene varias versiones según tu situación:

TA.0521-1: Autónomos generales (la versión más común si eres persona física trabajando por cuenta propia)

TA.0521-5: Autónomos societarios (administradores de sociedades limitadas u otras formas jurídicas)

TA.0521-2: Autónomos colaboradores (familiares que trabajan en el negocio de otro autónomo)

Si eres un freelance o profesional que se da de alta por primera vez, usarás la versión TA.0521-1.

Proceso online a través de Import@ss

El alta en el RETA se hace completamente online a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. El proceso es relativamente sencillo si tienes toda la información preparada:

1. Accede a Import@ss:

Entra en portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass y busca "Alta en el RETA" o "Alta de autónomo" en el menú de trámites. También puedes descargar la app Import@ss en tu móvil y hacer todo el proceso desde ahí.

2. Identifícate:

Usa tu certificado digital, Cl@ve Permanente o DNI electrónico. Si no tienes ninguno de estos métodos de identificación, tendrás que pedir cita previa en una oficina de la Seguridad Social para hacer el trámite presencialmente, lo cual puede tardar días o semanas según la saturación.

3. Rellena el formulario TA.0521:

El formulario te pedirá:

Datos personales: DNI/NIE, nombre completo, fecha de nacimiento, domicilio (debe coincidir con el que pusiste en Hacienda)

Número de afiliación: Si ya tienes número de Seguridad Social de trabajos anteriores, lo introduces aquí. Si nunca has trabajado en España, el sistema te asignará uno nuevo automáticamente.

Tipo de actividad: Indica el código IAE que declaraste en Hacienda y el código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas), que es similar al IAE pero de la Seguridad Social. Normalmente el sistema te sugiere el CNAE correspondiente a tu IAE.

Fecha de efectos del alta: El día en que quieres que empiece tu cotización. Debe ser el mismo día que pusiste como "fecha de inicio de actividad" en el Modelo 036 de Hacienda. Puedes solicitar el alta hasta 60 días antes de la fecha de efectos o hasta el mismo día.

4. Elige tu base de cotización:

Aquí viene una decisión importante. Debes elegir la base mensual por la que quieres cotizar, que determinará tanto tu cuota mensual como tus prestaciones futuras. En 2026, el sistema de tramos por ingresos reales te obliga a elegir una base acorde a tus rendimientos netos previstos. Si tus ingresos esperados son bajos (menos de 670€/mes de rendimiento neto), puedes elegir la base mínima de 653,59€. Si prevés ganar más, deberás elegir una base mayor dentro del tramo que te corresponde.

Importante: Si vas a solicitar la Tarifa Plana (y deberías hacerlo si cumples requisitos), durante el periodo de bonificación tu cuota será de 80€/mes (+MEI) independientemente de la base que elijas. Pero la base sí afectará a tus prestaciones si necesitas una baja por enfermedad, por ejemplo. Puedes consultar nuestra guía completa sobre tramos de cuota de autónomos 2026 para entender qué base elegir según tus ingresos.

5. Solicita la Tarifa Plana (CRÍTICO - NO OLVIDES ESTO):

Esta es la casilla más importante de todo el formulario y la que más autónomos olvidan marcar. Cuando llegues a la sección de "Bonificaciones y reducciones", verás una opción que dice algo como "Solicitar tarifa plana de 80€/mes para nuevos autónomos" o similar. MARCA ESA CASILLA OBLIGATORIAMENTE si cumples los requisitos para la Tarifa Plana (llevas 2 años sin alta como autónomo, no tienes deudas con Hacienda ni Seguridad Social, etc.).

Si no marcas esta casilla, la Tarifa Plana no se aplica automáticamente. No te llamarán para preguntarte si la querías. No podrás solicitarla después. La pierdes para siempre y pagarás la cuota completa desde el primer día. Esto significa pagar unos 200€/mes en lugar de 88€, es decir, más de 1.300€ extra durante tu primer año. Por favor, revisa tres veces que esta casilla está marcada antes de enviar el formulario.

Si quieres entender todos los detalles, requisitos y prórrogas de la Tarifa Plana, consulta nuestra guía completa de Tarifa Plana autónomos 2026.

6. Elige una mutua colaboradora:

Debes seleccionar una mutua que gestionará tu cobertura de contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales). Algunas de las principales son Mutua Fraternidad-Muprespa, Mutua Universal, Mutua MAZ, Mutua de Terrassa, etc. Elige la que prefieras; las coberturas son similares y puedes cambiar de mutua más adelante si quieres. Lo importante es que elijas una, porque es obligatorio.

7. Revisa y envía:

Antes de pulsar "Enviar", repasa absolutamente todos los datos: fecha de alta, base de cotización, tarifa plana marcada, mutua seleccionada. Una vez enviado, el sistema te generará un justificante de alta con un número de referencia. Descarga y guarda este documento, lo necesitarás como prueba de que te has dado de alta correctamente.

Elegir la fecha de efectos: ahorro en tu primera cuota

Un truco que muchos autónomos desconocen es que el día del mes en que te das de alta determina cuánto pagas de cuota ese primer mes. La cuota se prorratea por días: si te das de alta el día 1, pagas el mes completo (88€ con Tarifa Plana). Si te das de alta el día 15, pagas solo la mitad del mes (unos 44€). Si te das de alta el día 31, pagas solo la parte proporcional de ese día (unos 3€).

Por eso, si tu situación te lo permite, muchos autónomos eligen darse de alta el último día del mes anterior a cuando realmente quieren empezar a facturar. Por ejemplo, si quieres empezar a trabajar en febrero, te das de alta el 31 de enero. Así pagas solo 3€ de cuota en enero, y ya en febrero empiezas con el mes completo bonificado. El ahorro no es enorme (80-85€ de diferencia), pero es dinero que puedes usar para otras cosas cuando estás empezando.

Eso sí, recuerda que la fecha de alta en RETA debe coincidir con la fecha de inicio de actividad que declaraste en Hacienda. Si en el Modelo 036 pusiste "1 de febrero" como inicio de actividad, no puedes luego darte de alta en el RETA el 31 de enero, habría incoherencia. Planifica bien tus fechas desde el principio.

Solicitar Tarifa Plana o Cuota Cero

Ya hemos hablado de la importancia de marcar la casilla de Tarifa Plana en el formulario TA.0521. Pero además de la Tarifa Plana estatal, algunas comunidades autónomas ofrecen la Cuota Cero, que te reembolsa íntegramente lo que pagas por la Tarifa Plana durante 12 o incluso 24 meses. Es importante entender que la Cuota Cero NO se solicita al darte de alta: primero te das de alta con Tarifa Plana, pagas tu cuota reducida durante 12 meses, y DESPUÉS solicitas a tu comunidad autónoma que te devuelva ese dinero.

Las comunidades que ofrecen Cuota Cero en 2026 incluyen Madrid, Andalucía, Aragón, Cantabria, Extremadura y Castilla-La Mancha (que reactivó su programa "Tarifa Plana Plus" con ayudas adicionales), entre otras. Ten en cuenta que los programas de Cuota Cero abren y cierran convocatorias periódicamente, por lo que es fundamental consultar el estado actual en tu comunidad. Si vives en una de estas regiones, puedes ahorrarte más de 1.000€ adicionales durante tu primer año. Consulta nuestra guía completa de Cuota Cero 2026 para saber si tu comunidad la ofrece y cómo solicitarla correctamente.


Paso 3: Comunicaciones adicionales (mutua y otros)

Una vez completadas las dos altas principales (Hacienda y RETA), hay algunos trámites adicionales que pueden aplicarte según tu situación específica. No todos son obligatorios para todos, pero es importante que sepas cuándo necesitas hacerlos.

Mutua colaboradora: qué es y para qué sirve

Ya elegiste una mutua al rellenar el formulario TA.0521, pero ¿qué hace exactamente esa mutua? Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social son entidades privadas que gestionan las prestaciones por contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) y, opcionalmente, pueden gestionar también la prestación por cese de actividad (el "paro" de los autónomos).

Cuando tienes un accidente mientras trabajas o desarrollas una enfermedad relacionada con tu actividad profesional, es la mutua quien gestiona tu baja y te paga la prestación correspondiente. También pueden ofrecerte servicios adicionales como reconocimientos médicos gratuitos, formación en prevención de riesgos laborales, asesoramiento, etc.

¿Necesitas hacer algo adicional con la mutua tras el alta?

Normalmente no. Al elegirla en el formulario TA.0521, la Seguridad Social comunica automáticamente a la mutua que te has adscrito a ella. En algunos casos, la mutua te contactará en las semanas siguientes para darte de alta en sus sistemas internos y ofrecerte sus servicios complementarios, pero no es un trámite que tengas que hacer tú proactivamente.

Si más adelante quieres cambiar de mutua (por ejemplo, porque otra te ofrece mejores servicios), puedes hacerlo presentando una modificación en Import@ss. Tienes derecho a cambiar de mutua una vez al año.

Autónomo colaborador: si trabajas con tu pareja o familia

Si tu cónyuge, pareja de hecho, o familiares hasta segundo grado (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos) van a trabajar contigo en tu actividad de forma habitual, pueden darse de alta como autónomos colaboradores. Este régimen tiene bonificaciones específicas: 50% de reducción en la cuota los primeros 18 meses y 25% hasta el mes 36.

Para que puedan acogerse a este régimen, deben cumplir ciertos requisitos: convivir contigo, no tener contrato laboral (porque entonces serían empleados normales), trabajar de forma habitual en tu actividad, y no ser autónomos titulares por sí mismos. El alta como colaborador se hace también mediante el modelo TA.0521, pero la versión TA.0521-2 específica para colaboradores.

Importante: El autónomo colaborador no puede tener Tarifa Plana (tiene sus propias bonificaciones), y su cuota es independiente de la tuya. Es decir, si tu pareja se da de alta como autónoma colaboradora, tú pagarás tu cuota y ella pagará la suya (con el 50% de descuento los primeros 18 meses).

Comunicación de apertura de centro de trabajo (si aplica)

Si vas a trabajar desde un local, oficina o centro de trabajo que no es tu domicilio particular, es obligatorio comunicar la apertura de ese centro a la autoridad laboral de tu comunidad autónoma. Esto se hace mediante un formulario específico que varía según la comunidad, generalmente llamado "Comunicación de apertura de centro de trabajo" o similar.

Esta comunicación es necesaria aunque trabajes solo, sin empleados. El objetivo es que la Inspección de Trabajo tenga un registro de todos los centros de trabajo activos para poder hacer visitas de comprobación si es necesario. Si trabajas desde tu casa, NO necesitas hacer esta comunicación.

El plazo para presentarla suele ser "antes del inicio de la actividad en el centro" o "dentro de los 30 días siguientes a la apertura", dependiendo de la comunidad. Las sanciones por no comunicarlo son variables, pero pueden llegar hasta 2.000€ en caso de inspección.

Licencias de actividad y otros permisos locales

Dependiendo de tu actividad y ubicación, puede que necesites licencias municipales específicas:

Licencia de actividad: Obligatoria si tu actividad tiene impacto en el entorno (ruido, emisiones, afluencia de público, riesgo de incendio, etc.). Por ejemplo, si abres una tienda física, un bar, un taller, etc. Si trabajas desde casa en actividades puramente intelectuales (consultoría, diseño, programación), normalmente NO necesitas licencia.

Licencia de apertura: En algunos municipios se exige para locales comerciales o industriales antes de poder abrir al público.

Permisos específicos: Ciertas actividades reguladas requieren autorizaciones especiales. Por ejemplo, actividades sanitarias necesitan autorización de la consejería de sanidad, actividades con menores requieren certificados de delitos sexuales, actividades alimentarias necesitan registro sanitario, etc.

Consulta con el ayuntamiento de tu municipio qué licencias te aplican. Este es uno de los puntos donde una gestoría puede ahorrarte muchos dolores de cabeza, porque las normativas locales varían enormemente y es fácil pasarse algún permiso por alto.


Errores comunes que cuestan dinero

Después de ayudar a cientos de autónomos con su alta y revisar decenas de casos de errores que han costado multas, regularizaciones o pérdida de ayudas, he identificado los errores más frecuentes que se repiten una y otra vez. Aquí están, junto con cómo evitarlos.

Error 1: No marcar la casilla de Tarifa Plana

Este es, sin duda, el error más costoso y más común. Rellenas todo el formulario TA.0521, llegas al final, ves un montón de casillas de bonificaciones que no entiendes bien, piensas "ya lo miraré después", y envías el formulario sin marcar la Tarifa Plana. Resultado: empiezas a pagar 200€/mes en lugar de 88€/mes, una diferencia de más de 1.300€ en tu primer año. Y cuando te das cuenta del error y llamas a la Seguridad Social, te dicen que no se puede solicitar retroactivamente, que la Tarifa Plana solo se puede pedir al darte de alta.

Solución: Cuando estés rellenando el TA.0521 y llegues a la sección de bonificaciones, lee CADA OPCIÓN con calma. Busca la que diga "tarifa plana", "bonificación para nuevos autónomos", "cuota reducida de 80€" o similar. Márcala. Revisa tres veces que está marcada antes de enviar. Si tienes dudas, llama al teléfono de información de la Seguridad Social (901 50 20 50) antes de enviar el formulario.

Error 2: Incoherencia en las fechas entre Hacienda y Seguridad Social

Declaras en el Modelo 036 que tu fecha de inicio de actividad es el 1 de marzo, pero luego te das de alta en el RETA con fecha de efectos del 15 de febrero. O al revés: te das de alta en el RETA el 1 de febrero pero no presentas el Modelo 036 hasta el 15 de febrero con fecha de inicio del 15. Estas incoherencias generan alertas en los sistemas de cruce de datos entre administraciones y pueden resultar en requerimientos, sanciones o problemas para acceder a ayudas.

Solución: Antes de empezar ningún trámite, decide una fecha clara de inicio de actividad. Usa esa misma fecha en el Modelo 036 de Hacienda y en el TA.0521 de la Seguridad Social. Y asegúrate de que ambos trámites se completen antes de esa fecha o, como muy tarde, ese mismo día.

Error 3: Elegir el epígrafe IAE equivocado

Eliges un epígrafe genérico porque no encuentras uno específico para lo que haces, o copias el de otro autónomo que hace algo parecido, o simplemente pones el primero que suena similar. El problema es que el epígrafe IAE determina qué retenciones de IRPF te aplican, si tu actividad está exenta de IVA o no, y en algunos casos puede afectar a tu acceso a ciertas deducciones o incentivos fiscales. Un epígrafe incorrecto puede hacer que factures mal durante meses hasta que alguien (tu gestoría o la propia Hacienda en una inspección) se dé cuenta.

Solución: Dedica tiempo a buscar el epígrafe correcto en el listado oficial de la AEAT. Si tienes dudas entre varios, elige el más específico que se ajuste a tu actividad principal. Si haces varias actividades diferentes, declara todos los epígrafes correspondientes. Y si realmente no estás seguro, paga una consulta a una gestoría para que te oriente: son 50-100€ que te pueden ahorrar problemas de miles de euros después.

Error 4: Darte de alta fuera de plazo y ocultar la fecha real

Ya has empezado a trabajar hace dos semanas, has emitido facturas (aunque sea informales o sin IVA), y ahora te das cuenta de que deberías haberte dado de alta. Tienes miedo de que te multen, así que decides poner como "fecha de inicio de actividad" el día en que te das de alta en lugar de la fecha real de cuando empezaste. El problema es que Hacienda puede cruzar datos: si emitiste facturas, si cobraste por transferencia bancaria con concepto que indica tu actividad, si firmaste contratos con clientes, etc. Si te pillan declarando una fecha falsa, la sanción es mucho mayor que si hubieras declarado la fecha real desde el principio.

Solución: Si ya has empezado a trabajar sin estar dado de alta, declara la fecha real de inicio incluso si es anterior al día del alta. Sí, te pueden poner una multa de 200€ por alta fuera de plazo, pero es una sanción fija y manejable. Es mucho mejor asumir esa sanción pequeña que arriesgarte a sanciones por falsedad o fraude que pueden ser de miles de euros.

Error 5: No estar al corriente de pagos al darte de alta

Tienes una pequeña deuda con Hacienda de hace años (una multa de 80€, una declaración trimestral que se te olvidó presentar, etc.), o tienes cuotas atrasadas de la Seguridad Social de cuando estuviste dado de alta anteriormente. No le das importancia porque son cantidades pequeñas y hace tiempo que pasó. Pero cuando solicitas la Tarifa Plana, Seguridad Social comprueba que estés al corriente de pagos con ambas administraciones, detecta la deuda, y te deniega la bonificación. Para cuando pagas la deuda y vuelves a solicitar la Tarifa Plana, te dicen que ya pasó el plazo (solo se puede solicitar al darte de alta).

Solución: Dos semanas antes de darte de alta, descarga los certificados de estar al corriente de pago de la AEAT y de la TGSS desde sus sedes electrónicas. Son gratuitos e instantáneos. Si aparece alguna deuda, págala inmediatamente antes de iniciar el proceso de alta. Aunque sea una deuda de 20€, págala. No arriesgues perder 1.300€ de Tarifa Plana por una deuda pequeña.

Error 6: No guardar los justificantes de alta

Completas todo el proceso, recibes confirmaciones en pantalla de que el alta se ha procesado, cierras las ventanas del navegador y sigues con tu vida. Dos meses después, recibes un recibo de cuota de 200€ en lugar de los 88€ que esperabas. Llamas a la Seguridad Social, te dicen que no tienen constancia de que solicitaras la Tarifa Plana, tú insistes en que sí lo hiciste, pero no tienes ninguna prueba porque no guardaste el justificante.

Solución: Cuando completes el alta en Hacienda, descarga y guarda el justificante del Modelo 036 con el código seguro de verificación. Cuando completes el alta en RETA, descarga y guarda el justificante del TA.0521 donde se vea claramente que la Tarifa Plana está solicitada. Crea una carpeta en tu ordenador llamada "Alta autónomo 2026" y guarda ahí todos estos documentos. También puedes imprimirlos y guardar una copia física. Estos documentos son tu seguro ante cualquier problema futuro.

Error 7: Darse de alta sin tener clientes ni facturación prevista

Tienes una idea de negocio, crees que va a funcionar, y te das de alta como autónomo para "ir preparándote". El problema es que en cuanto te das de alta, empiezas a pagar cuota todos los meses (88€ con Tarifa Plana, pero son 88€ al mes que salen de tu bolsillo). Si pasan dos, tres, seis meses y todavía no has facturado nada ni tienes ingresos, te estás quemando los meses de Tarifa Plana sin aprovecharlos.

Solución: No te des de alta hasta que tengas al menos un cliente confirmado o ingresos razonablemente seguros en las semanas siguientes. Puedes hacer toda la preparación previa (elegir nombre comercial, diseñar tu web, preparar tus servicios) sin estar dado de alta. Y cuando tengas tu primer cliente real listo para pagarte, entonces te das de alta y empiezas a facturar. Así aprovechas al máximo tus 12 meses de Tarifa Plana cuando realmente los necesitas.


Checklist final: qué debes tener tras darte de alta

Cuando hayas completado todos los pasos, deberías tener estos documentos y confirmaciones en tu poder. Si falta alguno, algo ha ido mal y debes revisarlo inmediatamente.

✅ Justificante del Modelo 036 de Hacienda

Documento PDF descargado de la Sede Electrónica de la AEAT con tu alta censal, código seguro de verificación, fecha de presentación, epígrafes IAE declarados y fecha de inicio de actividad. Puedes consultar tu ficha censal completa en la sede electrónica en "Mis datos censales" para verificar que todo está correcto.

✅ Justificante del alta en el RETA (TA.0521)

Documento descargado de Import@ss con tu alta en la Seguridad Social, número de afiliación, fecha de efectos del alta, base de cotización elegida, y confirmación expresa de que la Tarifa Plana está concedida. Debe aparecer algo como "Bonificación tarifa plana: SÍ" o similar.

✅ Confirmación de la mutua colaboradora

En las semanas siguientes al alta, deberías recibir un correo o carta de la mutua que elegiste confirmando que estás adscrito a ella y explicándote los servicios que ofrecen. Si pasan 2-3 semanas y no recibes nada, contacta con la mutua directamente para verificar que te tienen en su sistema.

✅ Primer recibo de la cuota de autónomo

A final del mes en que te diste de alta o principios del siguiente, recibirás (o se cargará en tu cuenta bancaria) el primer recibo de cuota. Verifica que el importe es correcto: aproximadamente 88,72€ si te diste de alta el día 1 del mes con Tarifa Plana, o una cantidad proporcional si te diste de alta a mitad de mes. Si el recibo es de 200€ o más, algo ha ido mal (probablemente la Tarifa Plana no se aplicó) y debes contactar urgentemente con la Seguridad Social.

✅ Confirmación de comunicaciones adicionales (si aplican)

Si abriste un centro de trabajo, deberías tener el justificante de la comunicación a la autoridad laboral. Si solicitaste licencias municipales, deberías tener al menos el resguardo de la solicitud pendiente de resolución.

✅ Datos de acceso a las sedes electrónicas

Asegúrate de que puedes entrar sin problemas en la Sede Electrónica de la AEAT (para presentar tus declaraciones trimestrales de IVA e IRPF), en Import@ss (para consultar tu situación en Seguridad Social y modificar bases si es necesario), y en la sede electrónica de tu comunidad autónoma (por si hay ayudas o bonificaciones autonómicas que quieras solicitar).


Próximos pasos: emitir tu primera factura con Invoo

Ya estás dado de alta oficialmente. Has completado el Modelo 036 en Hacienda, te has inscrito en el RETA, tienes tu Tarifa Plana activa, y has recibido el primer recibo con la cuota correcta. Ahora llega el momento de la verdad: facturar tu primer trabajo.

Emitir facturas correctas desde el principio es fundamental para evitar problemas con Hacienda. Una factura de autónomo debe incluir ciertos elementos obligatorios: tus datos fiscales completos (nombre, DNI, dirección), los datos del cliente, numeración correlativa, fecha de emisión y fecha de operación, descripción detallada del servicio, base imponible, tipo de IVA aplicado (21%, 10%, 4% o exento según tu actividad), cuota de IVA, retención de IRPF si aplica (normalmente 15%, o 7% tus tres primeros años), y el total. Si falta alguno de estos elementos, la factura es irregular y puede ser rechazada por el cliente o por Hacienda.

Además, desde julio de 2027 entrará en vigor la obligación de Verifactu para todos los autónomos que usen software de facturación (la fecha original era julio 2026, pero Hacienda la aplazó un año en diciembre de 2025). Verifactu es un sistema de verificación que añade un código QR a tus facturas permitiendo a Hacienda verificar su autenticidad y luchar contra el fraude fiscal. Aunque tienes tiempo hasta 2027, es recomendable empezar ya con software preparado para evitar prisas de última hora. Puedes consultar todos los detalles en nuestra guía completa de Verifactu 2025-2026.

Invoo está diseñado específicamente para facilitar este proceso a nuevos autónomos. En lugar de pelearte con Excel o pagar 20-30€ al mes por software complicado con funciones que no necesitas, Invoo te permite crear facturas profesionales en segundos con todos los requisitos legales incluidos automáticamente: numeración correlativa, retenciones IRPF calculadas según tu actividad, IVA aplicado correctamente, y preparado para cumplir Verifactu cuando entre en vigor. Además, puedes compartir tus facturas y libros directamente con tu gestoría sin tener que enviar PDFs por WhatsApp cada trimestre, y recibes recordatorios automáticos de los plazos de presentación del modelo 303 (IVA) y 130 (IRPF) para que nunca se te pase una fecha y evites recargos.

El precio es accesible incluso para autónomos que están empezando: 10,90€/mes para autónomos, y gratis para gestorías que quieren centralizar la información de todos sus clientes en un solo sitio. Menos de lo que cuesta una comida fuera, pero te ahorra horas de trabajo cada mes y te evita errores que podrían costarte cientos de euros en sanciones o rechazos de facturas.


Preguntas frecuentes

¿Puedo darme de alta como autónomo si ya trabajo por cuenta ajena?

Sí, perfectamente. Esto se llama pluriactividad: trabajas como asalariado y además como autónomo. Cotizarás en el Régimen General por tu trabajo asalariado y en el RETA por tu actividad autónoma. Lo que debes saber es que al darte de alta en pluriactividad, debes elegir entre Tarifa Plana o bonificación por pluriactividad (50% de descuento los primeros 18 meses). No puedes tener ambas. En la mayoría de casos, la Tarifa Plana sale más rentable, pero consulta con tu gestoría para tu caso específico.

¿Tengo que tener un nombre comercial o puedo facturar con mi nombre?

Puedes facturar perfectamente con tu nombre y apellidos como persona física. No es obligatorio tener un nombre comercial. Si quieres usar un nombre comercial (por ejemplo, "Diseños Creativos Laura García"), puedes hacerlo, pero debes declararlo en el Modelo 036 en la casilla correspondiente. El nombre comercial NO te obliga a crear una empresa o sociedad, simplemente es una denominación que usas para tu actividad pero sigues siendo persona física.

¿Cuánto tarda todo el proceso desde que empiezo hasta que estoy operativo?

Si lo haces todo online y tienes certificado digital o Cl@ve, puedes completar ambas altas (Hacienda y Seguridad Social) en el mismo día. El Modelo 036 se procesa inmediatamente, y el TA.0521 suele confirmarse en 24-48 horas hábiles. Dicho esto, si es tu primera vez, te recomiendo dedicarle al menos 2-3 horas a recopilar toda la información, elegir el epígrafe IAE correcto, entender qué base de cotización elegir, etc. No lo hagas con prisas el mismo día que tienes que empezar a trabajar.

¿Qué pasa si me equivoco al rellenar algo?

Si te das cuenta del error antes de enviar el formulario, simplemente corrígelo y ya. Si ya enviaste el Modelo 036 con algún dato incorrecto (por ejemplo, te equivocaste de epígrafe IAE o pusiste mal tu domicilio fiscal), puedes presentar un Modelo 036 de modificación para corregirlo. Es el mismo formulario pero marcas la casilla "Modificación" en lugar de "Alta" y cambias el dato erróneo. Si el error es en el TA.0521 de la Seguridad Social (por ejemplo, elegiste mal tu base de cotización), puedes modificarla a través de Import@ss o la sede electrónica de la TGSS.

¿Puedo darme de baja y volver a darme de alta varias veces?

Sí, puedes darte de baja y alta tantas veces como quieras. Cada vez que causes baja en el RETA, dejas de pagar cuota desde el día siguiente. Y cuando te vuelvas a dar de alta, volverás a pagar desde ese día. Lo que debes saber es que si te das de baja antes de cumplir 12 meses desde tu alta inicial, pierdes los meses restantes de Tarifa Plana que te quedaban. Y si vuelves a darte de alta después, solo podrás volver a solicitar Tarifa Plana si han pasado 2 años desde tu primera alta (o 3 años si ya la usaste antes).

¿Necesito una cuenta bancaria específica para autónomos?

No es obligatorio tener una cuenta bancaria separada para tu actividad de autónomo. Puedes usar tu cuenta personal normal. Dicho esto, es muy recomendable tener una cuenta específica para tu actividad porque facilita enormemente la contabilidad: todos los ingresos y gastos de tu negocio están en una cuenta, y tus gastos personales en otra. Esto hace mucho más fácil calcular tus rendimientos netos, justificar gastos ante Hacienda, y llevar un control de tu tesorería.

Muchos bancos ofrecen cuentas para autónomos sin comisiones o con comisiones muy bajas (0-5€ al mes). Merece la pena tener una cuenta separada aunque no sea obligatorio legalmente.

¿Qué hago si tengo problemas con el alta o no entiendo algo?

Si tienes dudas durante el proceso de alta, puedes:

  1. Llamar al teléfono de información de la AEAT para dudas sobre el Modelo 036: 901 33 55 33 (horario de lunes a viernes de 9:00 a 19:00)
  2. Llamar al teléfono de información de la Seguridad Social para dudas sobre el RETA y Tarifa Plana: 901 50 20 50
  3. Pedir cita en tu oficina local de Hacienda o Seguridad Social para que te ayuden presencialmente (puede tardar días o semanas según saturación)
  4. Contratar una gestoría para que hagan todo el proceso por ti (coste aproximado: 100-200€ por el alta completa)

Si es tu primera vez como autónomo y tienes dudas sobre muchos aspectos (régimen de IVA, retenciones, deducciones, etc.), probablemente merece la pena pagar a una gestoría para que te orienten en el alta inicial. Una vez dado de alta, ya puedes decidir si sigues con gestoría o gestionas tú mismo tus obligaciones fiscales.


¿Acabas de darte de alta y necesitas empezar a facturar profesionalmente?

Invoo te permite crear facturas con todos los requisitos legales en segundos, sin complicaciones. Retenciones IRPF automáticas, numeración correlativa, preparado para Verifactu, y conexión directa con tu gestoría. €10.90/mes para autónomos, gratis para gestorías.

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Fuentes y metodología

Fuentes oficiales:

Fuentes secundarias verificadas:

Última actualización: Enero 2026

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