Modelo 303 y 130 en julio 2026: Calendario Día a Día

Modelo 303 (IVA) y 130 (IRPF) del Q2 2026: plazo del 1 al 20 de julio, domiciliación hasta el 15 y cargo en cuenta el día 20. Calendario exacto, día a día.

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Modelo 303 y 130 en julio 2026: Calendario Día a Día

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Puntos clave

El plazo de presentación del Modelo 303 y del 130 del Q2 2026 es del 1 al 20 de julio de 2026. La domiciliación bancaria cierra el 15 de julio; si domicilias, el cargo en cuenta ocurre el 20 de julio, el mismo día del vencimiento.

  • El plazo del Modelo 303 y el 130 del Q2 2026 es del 1 al 20 de julio de 2026; el 20 cae en lunes, no hay traslado.
  • La domiciliación bancaria tiene un límite propio: el 15 de julio de 2026. Pasada esa fecha, solo puedes pagar por NRC.
  • Si domicilias, el cargo en cuenta ocurre el 20 de julio (o el inmediato hábil siguiente), no en agosto.
  • Presentar el 303 o el 130 fuera del plazo del 20 de julio genera un recargo mínimo del 1 % si regularizas en el primer mes (art. 27 LGT); el recargo sube al 15 % pasados 12 meses.

El plazo del Modelo 303 tiene dos fechas distintas y confundirlas es el error más frecuente en julio. La de presentación es el 20. La de domiciliación es el 15 — y si llegas tarde a esa, el procedimiento cambia por completo.

Esta guía te da el calendario exacto, día a día, para el Modelo 303 (IVA) y el 130 (IRPF) del Q2 2026. Qué ocurre cada fecha, en qué orden y por qué — sin que te quede ninguna duda antes de abrir la sede electrónica.

Nota territorial: estas fechas son de territorio común. Si estás en el País Vasco o Navarra, consulta el calendario de tu Hacienda foral. Si facturas en Canarias, tu modelo de IVA es el 420 (IGIC), no el 303.


Qué debes presentar en julio 2026: 303 y 130

Si no tienes claro cuál de los dos modelos te afecta, la respuesta rápida está en la guía sobre Modelo 303 vs Modelo 130. En esta guía asumimos que ya lo sabes y vamos directo a las fechas.

El Modelo 303 liquida el IVA del segundo trimestre (abril–junio 2026). Declaras el IVA que has cobrado a tus clientes, restas el IVA que has pagado en tus gastos y pagas la diferencia a Hacienda — o la compensas o solicitas devolución si el resultado es negativo.

El Modelo 130 liquida el pago fraccionado del IRPF si tributas en estimación directa. Adelantas a Hacienda el 20% del rendimiento neto del trimestre, descontando lo ya pagado en trimestres anteriores. Ambos modelos comparten el mismo calendario de presentación en julio, así que con una sola lectura tienes los dos cubiertos.

Para el resto de modelos que vencen este trimestre (111, 115, 349), consulta el calendario fiscal completo del Q2 — esta guía se centra exclusivamente en el 303 y el 130.


El calendario día a día: del 1 al 20 de julio

Aquí está el calendario completo para el Modelo 303 y el 130 del Q2 2026. Son cinco fechas clave — con una función distinta cada una.

FechaDíaQué ocurrePara quién
1 julioMiércolesSe abre el plazo de presentaciónTodos los autónomos obligados
15 julioMiércolesÚltimo día para domiciliarSolo si quieres pagar por domiciliación
16–19 julioJue–DomPuedes presentar, pero sin domiciliaciónPagas por NRC, tarjeta o Bizum
20 julioLunesVencimiento final y cargo en cuentaTodos — presentación y pago
21 julioMartesFuera de plazo — recargo por declaración extemporánea (art. 27 LGT)Presentación tardía voluntaria

El 1 de julio: se abre la ventana

Desde el primer día de julio puedes entrar en la sede de la AEAT y presentar tu autoliquidación. No tienes que esperar a última hora. Si ya tienes tus datos de IVA e IRPF del trimestre cerrados, presentar el 1 o el 2 de julio es perfectamente válido y evita las colas técnicas de los últimos días.

Presentar pronto también te permite detectar errores con tiempo. Si necesitas corregir algo antes del 20, tienes margen. Si tienes resultado a ingresar, conoces antes el importe exacto y puedes planificar tu tesorería.

El 15 de julio: la fecha que más se olvida

El 15 de julio es el último día para activar la domiciliación bancaria. Si quieres que Hacienda cargue el importe directamente en tu cuenta corriente sin que tengas que hacer nada más el día 20, tienes que completar la presentación — con la opción de domiciliación marcada — antes de que acabe ese miércoles.

A partir del 16 de julio la opción de domiciliación deja de estar disponible en el formulario. No es un aviso, es un corte técnico. Si llegas tarde, tendrás que obtener el NRC (Número de Referencia Completo) de tu banco y pagar por ese método antes de presentar la declaración.

Si quieres entender exactamente cómo funciona el proceso de domiciliar, con los pasos en la sede electrónica, consulta la guía paso a paso para domiciliar el 303 y el 130.

Del 16 al 19 de julio: puedes presentar, pero sin domiciliación

Si te pierdes el plazo del 15, todavía estás dentro del plazo general. Puedes presentar tu 303 y tu 130 entre el 16 y el 19 de julio sin penalización. La diferencia es la forma de pago: necesitas obtener el NRC antes de iniciar la presentación, o pagar con tarjeta o Bizum directamente en la sede electrónica.

No es un proceso complicado, pero sí añade un paso. Si gestionas varios modelos o tienes varios clientes a los que llevar el control, ese paso extra multiplica el trabajo.

El 20 de julio: vencimiento y cargo

El 20 de julio de 2026 es lunes. No hay traslado. Es la fecha límite definitiva para presentar el Modelo 303 y el 130 del Q2 2026.

Si domiciliaste antes del 15, ese día 20 Hacienda carga el importe en tu cuenta (o el inmediato hábil siguiente en casos excepcionales de calendario bancario). No es un cargo que llega días después ni en agosto — ocurre en torno al día del vencimiento. Así funciona para los modelos trimestrales: el cargo va ligado al último día del plazo.

Ten en cuenta que el 20 de julio coincide también con el vencimiento de otros modelos (111, 115, 349 entre ellos). Si llevas varios, ese día puede ser intenso. Más razón para presentar los que puedas antes.


Cómo calcular tu resultado antes de presentar

Antes de abrir la sede electrónica, necesitas tener los números cerrados. El cálculo no es complicado, pero conviene hacerlo con calma — no el día 20 a las 22:00.

Resultado del Modelo 303 (IVA)

El resultado del 303 sigue una fórmula simple: IVA devengado menos IVA deducible. El IVA devengado es el que has repercutido en tus facturas de venta durante abril, mayo y junio. El IVA deducible es el que has soportado en tus facturas de gasto, siempre que sean gastos vinculados a la actividad y estén correctamente documentados.

Si la diferencia es positiva (has cobrado más IVA del que has pagado), tienes un resultado a ingresar. Si es negativa, puedes compensarlo en el siguiente trimestre o, si llevas cuatro trimestres consecutivos con saldo negativo, solicitar devolución. Los artículos sobre compensar el 303 con resultado cero o negativo y sobre devolución de IVA explican en detalle cada opción.

Un apunte importante: si aplicas el criterio de caja, el IVA no se devenga en el momento de emitir la factura sino cuando cobras. Revisa cuáles de tus facturas del trimestre han sido efectivamente cobradas o pagadas antes de calcular.

Resultado del Modelo 130 (IRPF)

El 130 calcula el pago fraccionado del IRPF para autónomos en estimación directa. La base es el 20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero, menos los pagos fraccionados ya realizados en trimestres anteriores.

El rendimiento neto es la diferencia entre tus ingresos y tus gastos deducibles del año hasta el 30 de junio. Si en el Q1 ya ingresaste un pago fraccionado, ese importe se resta del resultado. De esta forma, en cada trimestre solo pagas el diferencial acumulado, no el 20 % del trimestre aislado.

Hay una excepción importante: si en el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos llevaron retención de IRPF, estás exento de presentar el 130 (art. 109.2 RIRPF, en estimación directa). Si tienes dudas sobre si te aplica la exención, consúltalo con tu gestoría antes del 20 de julio. Una vez pasado el plazo, regularizar tiene coste.

Si tienes retenciones pendientes de cuadrar o dudas sobre el 130, la guía de pago fraccionado IRPF y Modelo 130 lo explica paso a paso.


Domiciliación: cómo funciona y por qué el 15 de julio es clave

Domiciliar el pago es la opción más cómoda: presentas la declaración, marcas la cuenta bancaria y el día 20 Hacienda lo cobra sola. Sin NRC, sin pasos adicionales, sin tener que volver a la sede electrónica.

Pero tiene una condición: debes presentar la declaración antes del 15 de julio a las 23:59. Hacienda necesita ese margen para procesar la orden de domiciliación antes del cargo. Es el mismo funcionamiento que en el Q1 (el plazo de abril) y en cualquier autoliquidación trimestral.

Pasos para domiciliar en la sede electrónica

El proceso tiene cuatro pasos esenciales. Primero, entra en la sede electrónica de la AEAT con tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Segundo, busca el formulario del Modelo 303 o 130 correspondiente al segundo trimestre de 2026 y completa todos los datos del período. Tercero, en el apartado de pago, selecciona la opción de domiciliación bancaria e introduce el IBAN de la cuenta donde quieres que Hacienda cargue el importe. Cuarto, confirma y guarda el justificante — ese PDF es tu comprobante de presentación.

Todo esto tiene que ocurrir antes del 15 de julio. Si presentas el 16 o después, el sistema no te dejará marcar la domiciliación.

¿Qué ocurre si el cargo falla?

Si el 20 de julio Hacienda intenta cargar el importe y tu cuenta no tiene saldo suficiente, la domiciliación queda devuelta. Eso no cierra el asunto: Hacienda te emitirá una providencia de apremio y el importe crece con recargos ejecutivos. La guía sobre domiciliación devuelta en el Modelo 303 explica los pasos exactos para regularizar esa situación sin que se te vaya de las manos.

La solución más simple es siempre la misma: asegúrate de que la cuenta que designas tiene saldo suficiente el día 19 por la tarde.

Consejo práctico

Si vas a domiciliar, agenda un recordatorio para el 14 de julio — un día antes del corte. Así tienes una jornada completa para revisar los datos del modelo y activar la domiciliación con tranquilidad, sin prisas de última hora.


Qué hacer si el resultado es cero, negativo o si debes en el 130

No todos los trimestres acaban con un ingreso. Dependiendo del resultado, el procedimiento cambia.

303 con resultado cero o negativo

Si tu IVA deducible supera al devengado, el resultado del 303 es negativo. En ese caso no pagas nada, pero sí tienes que presentar el modelo dentro del mismo plazo (del 1 al 20 de julio). No presentarlo porque "no toca pagar" es un error que genera sanciones por presentación fuera de plazo.

Con resultado negativo tienes dos opciones: compensarlo en el siguiente trimestre (lo más habitual) o solicitar devolución si cumples los requisitos. El artículo sobre qué hacer con el 303 a compensar o a cero explica cuándo conviene cada opción y cómo marcarlo correctamente en el formulario.

Si tu actividad estuvo parada durante el Q2 y no emitiste ni recibiste facturas, también debes presentar el 303 con resultado cero. Hacienda no lo sabe automáticamente.

130 con retenciones o resultado bajo

El 130 puede resultar en cero o en un importe muy pequeño si tus ingresos del año han llevado retención de IRPF. Si el 70 % o más de tus ingresos acumulados desde enero llevan retención, estás exento de presentar el 130 ese trimestre (art. 109.2 RIRPF). Pero la exención es automática solo si cumples ese umbral — si no lo tienes claro, presenta igualmente para evitar problemas.

Si debes un importe en el 130 pero has tenido gastos o deducciones significativas en el trimestre, verifica el cálculo antes de presentar. Un error en el rendimiento neto puede hacer que pagues de más o de menos — y corregirlo después del plazo conlleva sus propios trámites.


Errores que cuestan dinero: lo que no debes dejar para el día 20

El error más frecuente no es no presentar — es presentar tarde por razones evitables. Aquí están los tres que más se repiten.

Confundir el plazo de domiciliación con el plazo de presentación. Muchos autónomos creen que tienen hasta el 20 de julio para domiciliar. No es así: el 15 es el corte de domiciliación, el 20 es el corte de presentación. Son dos fechas distintas con consecuencias distintas.

Asumir que el 20 de julio cae en fin de semana. Algunas fuentes secundarias publican que el 20 de julio 2026 cae en domingo y que el plazo se traslada al lunes 21. Eso es incorrecto. El 20 de julio de 2026 es lunes — el plazo no se traslada. Si presentas el 21, estás fuera de plazo.

Dejar la presentación para las últimas horas del 20. La sede electrónica de la AEAT puede saturarse los últimos días del plazo. Si presentas a las 23:00 del día 20 y hay un problema técnico, puedes quedarte sin margen para resolverlo. Hacienda no exime de recargos por fallos técnicos salvo que el propio sistema de la AEAT haya caído de forma generalizada y documentada.

Si ya has presentado fuera de plazo

Si llegas a esta guía porque ayer se te pasó el plazo, lo que corresponde es presentar cuanto antes. Los recargos del artículo 27 de la LGT son crecientes: 1 % si regularizas en el primer mes, 2 % al segundo, y así sucesivamente hasta el 15 % a partir del mes 13. Esperar no mejora la situación — la empeora. Si han pasado más de 12 meses o Hacienda ya te ha enviado un requerimiento, el régimen cambia y los importes son mayores.

La clave es actuar antes de que Hacienda inicie un procedimiento. Mientras tú presentes voluntariamente (sin requerimiento previo), aplica el art. 27 LGT. En cuanto haya un requerimiento, aplica el art. 161 LGT (recargos de apremio del 5 %, 10 % o 20 % según el momento), que son más gravosos.


Preguntas frecuentes


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Fuentes y referencias

Última verificación: Junio 2026

Aviso importante

Este artículo tiene un propósito educativo e informativo. La información proporcionada no constituye asesoramiento fiscal, legal o profesional. Las normativas fiscales pueden cambiar y cada situación es única.

Para decisiones específicas sobre tu negocio, consulta siempre con un asesor fiscal o gestor profesional que pueda analizar tu caso particular.