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Puntos clave
- La regla del 30% NO es aplicar 30% al total de la factura — es 30% de la proporción de vivienda afecta
- El IVA de suministros SÍ es deducible desde julio 2025 según sentencia del Tribunal Supremo (sin aplicar el 30%)
- El alquiler se deduce proporcionalmente, aunque existe debate sobre si aplica el 30% — consulta con tu gestoría
- Sin casilla 423 del modelo 036, Hacienda rechaza todas las deducciones automáticamente en inspección
Has facturado €2,400 este mes. Tu gestoría te pide las facturas de gastos. Abres la carpeta de suministros: luz €65, agua €28, internet €45. ¿Cuánto puedes deducir? ¿El 30% de cada una?
Te sientas con la calculadora. 30% de €65 son €19,50. Sumas las tres facturas aplicando el 30%. Pero hay un problema: eso no es lo que dice la ley. Y tu gestoría lo sabe.
La regla del 30% es la deducción que más autónomos calculan mal. No porque sea complicada, sino porque nadie explica la fórmula correcta. En esta guía vas a aprender exactamente qué dice Hacienda, cómo calcular cada deducción paso a paso, y qué documentación necesitas para que sobreviva una inspección.
La regla del 30%: qué dice Hacienda exactamente
La Ley del IRPF permite deducir el 30% de la proporción de tu vivienda afecta a la actividad para calcular gastos de suministros. Esta norma entró en vigor el 1 de enero de 2018 con la Ley 6/2017.
La fórmula oficial del artículo 30.2.5ª.b) LIRPF es:
Deducción = (m² usados para trabajo / m² totales vivienda) × 30% × importe factura
El error que comete el 80% de autónomos es aplicar el 30% directamente al total de la factura. Eso no es legal. El 30% se aplica después de calcular la proporción de vivienda que usas profesionalmente.
Por qué existe el coeficiente del 30%
Hacienda asume que no usas tu despacho doméstico las 24 horas del día. Aunque tengas un espacio dedicado, también existe uso residencial general (pasillos, baño, cocina). El coeficiente del 30% refleja esa realidad.
La ley dice textualmente: "salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior". Es una presunción, no un límite absoluto. Si puedes demostrar que tu uso profesional es del 50% o del 20%, Hacienda debe aceptarlo. Pero en la práctica, el 99% de autónomos usa el 30% porque es más fácil de defender.
Importante para inspección
El modelo 036 debe reflejar que tu domicilio está afecto a la actividad. Casilla 111 con la dirección, y casilla 423 con el grado de afectación. Sin esto, todas tus deducciones de vivienda serán rechazadas automáticamente.
Ejemplo completo con números reales
Situación:
- Vivienda total: 100 m²
- Despacho profesional: 20 m²
- Factura de electricidad mensual: €80 (base imponible €66,12 + IVA €13,88)
Cálculo IRPF (gasto deducible en tu actividad):
Proporción de vivienda: 20 m² / 100 m² = 20% Aplicar coeficiente del 30%: 20% × 30% = 6% Gasto deducible: 6% × €66,12 = €3,97 mensuales (€47,64 anuales)
Cálculo IVA (novedad 2025):
Desde la sentencia del Tribunal Supremo de julio 2025, el IVA de suministros SÍ es deducible. Pero aquí viene lo crítico: sin aplicar el coeficiente del 30%.
IVA deducible: 20% × €13,88 = €2,78 mensuales
Total de beneficio fiscal:
- IRPF: €47,64 anuales
- IVA: €33,36 anuales
- Total: €81 anuales de ahorro fiscal por la electricidad
Si multiplicas esto por luz, agua, gas, internet y teléfono, llegas a €200-300 anuales de ahorro total en una vivienda típica. No es una fortuna, pero son deducciones legales que no estás aprovechando si calculas mal.
Qué suministros puedes deducir (y cuáles no)
La ley enumera específicamente qué suministros de vivienda son deducibles para autónomos. No todos los gastos de tu casa entran en esta regla.
Suministros deducibles con el 30%
Estos gastos aplican la fórmula completa (proporción × 30% × factura):
Electricidad (luz): Factura mensual del suministro eléctrico. Requisito: contrato a tu nombre.
Agua: Factura del suministro de agua. Incluye canon de saneamiento y basuras si viene en la misma factura.
Gas: Gas natural o butano si lo usas en tu vivienda. Debe ser suministro regular, no bombonas esporádicas sin factura.
Internet: Conexión de fibra, ADSL o similar. Solo el servicio básico de datos, no paquetes de televisión o contenidos de entretenimiento.
Teléfono fijo: Si tienes línea fija de teléfono en tu domicilio. Importante: solo si es uso profesional demostrable.
El problema del teléfono móvil
El móvil NO está en la lista oficial de suministros de vivienda. Hacienda lo trata como gasto separado con reglas diferentes.
Si usas tu móvil personal también para trabajo, puedes deducir una proporción razonable. Los criterios aceptados en inspección son: 50% si uso mixto equilibrado, o 100% si tienes dos móviles (uno personal, otro exclusivo profesional).
Requisito crítico: Hacienda exige demostrar el uso profesional. Si solo tienes un móvil y lo usas para todo, la proporción del 50% genera conflictos en inspección. La DGT acepta deducción con una sola línea si demuestras que el uso personal es "accesorio e irrelevante", pero la recomendación práctica de la mayoría de gestorías sigue siendo tener dos contratos diferenciados.
Gastos de vivienda SIN el coeficiente del 30%
Estos se deducen a proporción simple (sin multiplicar por 30%):
IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles): Si eres propietario, deduces (m² despacho / m² totales) × IBI anual. Ejemplo: 20% de vivienda afecta, IBI de €500 → deduces €100.
Gastos de comunidad: Igual que el IBI. Proporción directa sin el 30%. Ejemplo: 20% de vivienda, comunidad €600 anuales → deduces €120.
Seguro de hogar: Proporción de la prima anual. 20% de €300 = €60 deducibles.
Estos gastos no tienen el coeficiente del 30% porque no son suministros variables por uso, sino costes fijos de la propiedad. La lógica es diferente.
Qué NO puedes deducir
Aunque trabajes desde casa, estos gastos NO son deducibles bajo ningún concepto:
- Cuota de la hipoteca (capital): no es gasto, es pago de deuda. Los intereses hipotecarios SÍ son deducibles proporcionalmente si tu vivienda está declarada como afecta en el modelo 036
- Reformas o mejoras del inmueble (salvo que sean exclusivamente del espacio profesional)
- Muebles de uso personal (sofá, cama, televisión)
- Electrodomésticos generales (nevera, lavadora)
- Limpieza doméstica (salvo que demuestres que es solo del espacio profesional)
Cómo calcular tu deducción paso a paso
Aquí está el proceso completo para calcular correctamente tus deducciones de vivienda. Sigue estos pasos una vez al año y tendrás todo listo para tu declaración.
Paso 1: Mide tu espacio profesional en metros cuadrados
Necesitas saber cuántos metros cuadrados de tu vivienda están afectos a tu actividad. No lo estimes — mídelo.
¿Qué espacios cuentan?
- Habitación completa usada como despacho: sí
- Mesa en una habitación compartida: solo los metros de la zona de trabajo (no la habitación completa)
- Espacios comunes (pasillo, baño, cocina): no, porque son uso mixto
Herramientas para medir:
- Cinta métrica (la más precisa)
- Aplicaciones móviles de medición con cámara (Google Measure, apps de realidad aumentada)
- Plano catastral de tu vivienda (Sede Electrónica del Catastro)
Ejemplo realista:
Vivienda de 85 m² según catastro. Tu despacho es una habitación de 3 metros × 4 metros = 12 m². Proporción: 12 / 85 = 14,12% (redondeamos a 14% para simplificar).
Paso 2: Verifica que tu modelo 036 refleja la afectación
Este es el paso que más autónomos olvidan. Si no declaraste tu domicilio en el censo, las deducciones son ilegales.
Entra en la Sede Electrónica de la AEAT y descarga tu modelo 036 activo. Comprueba:
Casilla 111 (Domicilio): Debe aparecer tu dirección como lugar de actividad. Casilla 423 (Afectación): Debe indicar el porcentaje (14% en nuestro ejemplo) o marcar "Sí" si es la versión simplificada.
Si no lo has hecho nunca, presenta un modelo 036 modificativo ahora. Hacienda permite deducciones desde el momento en que lo declaras, no de forma retroactiva. Cuanto antes lo hagas, antes empiezas a deducir.
Paso 3: Aplica la fórmula a cada suministro
Ahora que tienes tu porcentaje (14%), aplícalo a cada factura de suministros.
Factura de electricidad: €70 mensuales (base €57,85 + IVA €12,15)
IRPF: 14% × 30% × €57,85 = €2,43/mes → €29,16 anuales IVA: 14% × €12,15 = €1,70/mes → €20,40 anuales
Factura de agua: €35 mensuales (base €28,93 + IVA €6,07)
IRPF: 14% × 30% × €28,93 = €1,21/mes → €14,52 anuales IVA: 14% × €6,07 = €0,85/mes → €10,20 anuales
Factura de internet: €45 mensuales (base €37,19 + IVA €7,81)
IRPF: 14% × 30% × €37,19 = €1,56/mes → €18,72 anuales IVA: 14% × €7,81 = €1,09/mes → €13,08 anuales
Total anual para estas tres facturas:
- IRPF: €62,40 de gastos deducibles (reducen tu base imponible)
- IVA: €43,68 deducibles (reducen tu IVA a pagar trimestralmente)
Si tu tipo marginal de IRPF es del 30%, ahorras €18,72 en IRPF + €43,68 en IVA = €62,40 anuales. Multiplica esto si añades gas y teléfono fijo.
Paso 4: Documenta el cálculo para inspección
Hacienda querrá ver cómo llegaste a esos números. Crea una hoja de cálculo simple con esta estructura:
Enero 2026 — Electricidad: Base €57,85 / IVA €12,15 / Total €70 → IRPF deducible (14% × 30%): €2,43 / IVA deducible (14%): €1,70
Enero 2026 — Agua: Base €28,93 / IVA €6,07 / Total €35 → IRPF deducible: €1,21 / IVA deducible: €0,85
Enero 2026 — Internet: Base €37,19 / IVA €7,81 / Total €45 → IRPF deducible: €1,56 / IVA deducible: €1,09
Guarda esta hoja con tus registros contables anuales. Si en 2030 te inspeccionan 2026, tendrás la trazabilidad completa.
Para entender cómo estos gastos reducen tu base imponible del IRPF, consulta nuestra guía sobre cómo calcular rendimientos netos de autónomos. Y si necesitas registrar estos gastos correctamente en tus libros obligatorios, lee la guía del libro de ingresos y gastos para autónomos.
Qué necesitas para justificarlo ante una inspección
Tener los cálculos no es suficiente. Si Hacienda inspecciona, deben poder validar cada euro que dedujiste. Así te preparas.
Documentación obligatoria que debes conservar
1. Modelo 036 actualizado
Este es el documento más importante. Hacienda lo comprueba primero. Si tu domicilio no está declarado como lugar de actividad, rechazarán todas las deducciones sin revisar facturas.
Descarga una copia del 036 activo y guárdala con tus registros fiscales. Si haces modificaciones a lo largo del año, guarda todas las versiones con fecha.
2. Facturas completas de suministros
No valen recibos domiciliados sin desglose. Necesitas facturas con estos datos:
- Tu nombre completo o razón social
- Tu NIF
- Nombre del proveedor y su NIF
- Número de factura y fecha de emisión
- Concepto claro (Suministro eléctrico, Suministro agua, etc.)
- Base imponible, IVA desglosado, total
Las compañías eléctricas y de telecomunicaciones suelen emitir facturas completas. El agua a veces viene como recibo sin IVA desglosado — pide a tu ayuntamiento que te envíen facturas detalladas.
3. Contratos de suministros a tu nombre
Hacienda comprueba que los contratos están a tu nombre (o al de tu cónyuge en régimen de gananciales). Si la luz está a nombre de tu pareja pero no estáis casados en gananciales, no puedes deducirla.
Guarda copias de los contratos: electricidad, agua, internet, gas, teléfono. Normalmente los tienes en formato digital en tu área de cliente.
4. Plano o fotos del espacio con medidas
Necesitas demostrar que el cálculo de metros cuadrados es real. Las mejores evidencias:
- Plano catastral de tu vivienda (descárgalo de la Sede del Catastro)
- Foto del despacho con cinta métrica visible mostrando las medidas
- Captura de pantalla de aplicación de medición con realidad aumentada
- Plano dibujado a mano con medidas anotadas (menos profesional pero válido)
5. Hojas de cálculo con el desglose
La tabla del Paso 4 anterior. Demuestra que aplicaste la fórmula correcta cada mes. Incluye la fórmula en Excel para que sea auditable.
Preguntas que hará el inspector (y cómo responderlas)
Pregunta 1: "¿Dónde declaró este domicilio como lugar de actividad?"
Respuesta esperada: "En el modelo 036 presentado el [fecha], casilla 111 con dirección y casilla 423 con afectación del 14%." Muestra copia del 036.
Pregunta 2: "¿Cómo calculó la proporción de vivienda afecta?"
Respuesta esperada: "Mi vivienda tiene 85 m² según catastro, mi despacho mide 12 m², por lo tanto 12/85 = 14%." Muestra plano catastral o fotos con medidas.
Pregunta 3: "¿Por qué aplicó el 30% y no otro porcentaje?"
Respuesta esperada: "Apliqué la presunción legal del artículo 30.2.5ª.b) de la Ley del IRPF (Ley 6/2017). Mi uso profesional se ajusta a ese coeficiente."
Pregunta 4: "¿Estas facturas están a su nombre?"
Respuesta esperada: "Sí, todas las facturas están a mi nombre / a nombre de mi cónyuge con quien estoy casado en régimen de gananciales." Muestra contratos.
Pregunta 5: "¿Cómo calculó el IVA deducible de los suministros?"
Respuesta esperada: "Apliqué solo la proporción de 14%, sin el coeficiente del 30%, según la sentencia del Tribunal Supremo de 15 de julio de 2025 que unificó doctrina." Muestra hoja de cálculo y cita legal.
Si tienes respuestas documentadas a estas cinco preguntas, sobrevives la inspección. Si fallas en cualquiera, te rechazarán las deducciones y tendrás que devolver lo deducido más intereses y posible sanción.
Errores que disparan las banderas rojas
Hacienda usa algoritmos para detectar patrones sospechosos. Estos errores aumentan tu probabilidad de inspección:
Deducir más del 50% de vivienda afecta: Salvo que tengas un local dentro de casa con entrada independiente, dedicar más del 50% de tu vivienda al trabajo es difícil de justificar. El rango habitual es 10-25%.
Deducir suministros sin tener el 036 actualizado: Si declaraste domicilio fiscal en una dirección pero deduces suministros de otra, es incoherencia automática.
Deducir facturas a nombre de terceros: Facturas a nombre de tus padres, hermanos o amigos (aunque vivas ahí) no son válidas.
Cambios bruscos en deducciones entre años: Si en 2025 dedujiste €50 y en 2026 deduces €600 sin explicación (mudanza, cambio de actividad), puede generar revisión.
Deducción del alquiler: cuándo sí y cuándo no
El alquiler tiene reglas que generan mucha confusión entre autónomos y asesores. La interpretación mayoritaria es que el 30% no aplica al alquiler, aunque existe debate entre fuentes oficiales. Consulta con tu gestoría para confirmar el criterio que aplican en tu declaración.
Cuándo SÍ puedes deducir alquiler
Si alquilas un local independiente dedicado exclusivamente a tu actividad: Deduces el 100% del alquiler en IRPF y el 100% del IVA (si el contrato lo incluye).
Requisitos:
- Contrato de arrendamiento de local comercial u oficina a tu nombre
- Uso exclusivo para tu actividad (no puedes vivir ahí)
- Facturas mensuales del propietario con IVA desglosado (si aplica)
- Declarado en el modelo 036 como lugar de actividad
Si alquilas una vivienda y usas parte para tu actividad: Deduces la proporción que usas profesionalmente. Ejemplo sin el 30%: alquiler €900/mes, despacho 15% de la vivienda → deduces 15% × €900 = €135 mensuales. Si tu gestoría aplica el 30%, serían 15% × 30% × €900 = €40,50 mensuales.
Nota importante: La interpretación mayoritaria entre asesores es que el alquiler se deduce a proporción directa, sin aplicar el coeficiente del 30% (que solo afectaría a suministros). Sin embargo, algunas fuentes de la AEAT incluyen el alquiler dentro de los gastos sujetos al 30%. Confirma con tu gestoría qué criterio aplican.
IVA del alquiler: exento en la mayoría de casos
La mayoría de contratos de alquiler de vivienda están exentos de IVA. Esto significa que no hay IVA que deducir. Solo pagas el importe del alquiler sin IVA añadido.
El alquiler de locales comerciales sí lleva IVA (21% en la mayoría de casos). Ahí sí puedes deducir el IVA proporcionalmente a tu uso profesional.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de septiembre de 2025 aclaró que la exención de IVA en el alquiler no impide que deduzcas el gasto en IRPF. Este era un malentendido común que algunos inspectores usaban incorrectamente.
Cuándo NO puedes deducir alquiler
Si eres propietario de tu vivienda habitual: No hay alquiler que deducir, pero sí puedes deducir proporcionalmente suministros, IBI, comunidad e intereses hipotecarios si declaraste la afectación en el modelo 036.
Si vives en una vivienda cedida gratuitamente: Sin contrato de alquiler a tu nombre no hay gasto deducible.
Si el alquiler está a nombre de otra persona: Aunque pagues tú, si el contrato no está a tu nombre, Hacienda lo rechaza. Solución: modificar el contrato para que figure como arrendatario (o co-arrendatario).
Documentación específica para deducir alquiler
Además de la documentación general de vivienda, necesitas:
Contrato de arrendamiento firmado y registrado (opcional pero recomendable). Si es alquiler de vivienda, debe especificar que permites el uso profesional (algunos contratos lo prohíben).
Facturas mensuales del propietario con todos los datos fiscales. Si el propietario no emite facturas (común en alquileres entre particulares), debes solicitarlas. Legalmente está obligado a emitirlas si eres autónomo.
Justificantes de pago: Transferencias bancarias con concepto "Alquiler [mes/año]". Nunca pagues alquiler en efectivo si quieres deducirlo.
Modelo 036 con la dirección del alquiler declarada como lugar de actividad.
Si necesitas presentar modificaciones al modelo 036 porque cambiaste de domicilio o nunca declaraste la afectación, hazlo ahora. No es complicado, pero es absolutamente crítico. Para evitar otros errores comunes de facturación que generan sanciones, revisa tu configuración fiscal completa al menos una vez al año.
Y si estás valorando diferentes gastos deducibles más allá de tu vivienda, consulta la lista completa de gastos deducibles para autónomos en 2026 para maximizar tu optimización fiscal.
Preguntas frecuentes
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Fuentes y referencias
- BOE - Ley 6/2017: Modificación artículo 30.2.5ª.b) LIRPF (regla 30%)
- AEAT - Manual Práctico IRPF: Gastos de suministros en vivienda
- Tribunal Supremo - Sentencia 15 julio 2025: IVA deducible en suministros de vivienda afecta
- TEAC - Resolución 00/06654/2022 (19 julio 2023): Criterio unificado IVA suministros
- TSJM - Sentencia 22 septiembre 2025: IVA exento alquiler no impide deducción IRPF
- AEAT - Guía del modelo 036: Casillas para declarar vivienda afecta
Última verificación: Febrero 2026
Aviso importante
Este artículo tiene un propósito educativo e informativo. La información proporcionada no constituye asesoramiento fiscal, legal o profesional. Las normativas fiscales pueden cambiar y cada situación es única.
Para decisiones específicas sobre tu negocio, consulta siempre con un asesor fiscal o gestor profesional que pueda analizar tu caso particular.



